Los contratos menores constituyen uno de los institutos más controvertidos de la contratación pública española. El artículo 118 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público regula una figura que, pese a su aparente sencillez, encierra riesgos jurídicos relevantes —fraccionamiento del objeto, contratación encubierta de personal, identidad entre licitadores— y ha generado una copiosa doctrina de los órganos consultivos. Este análisis examina el concepto, el expediente de adjudicación, las exigencias de publicidad, la fiscalización por el Tribunal de Cuentas y las modalidades especiales, con particular atención al procedimiento abierto supersimplificado como alternativa más garantista.










