Literatura y derecho: El proceso de Kafka
Introducción
Ante todo, mi agradecimiento a Alfonso Calvo por las amables palabras de su laudatio y también a Fernando Mariño, quien con su propuesta en otro Departamento ha hecho posible alcanzar esta distinción académica, que tanto me honra. Y muy especialmente a Vd. Sr.Rector Magnífico, que ya me había unido a esta Universidad con las tareas que me encomendó en el Patronato del Instituto Francisco de Vitoria y ahora ha querido con esta distinción que sean más intensos y permanentes mis vínculos con esta casa. Lo que sin duda debo a una amistad que nació en la entonces Universidad de Madrid en los años 60, cuando compartimos con otros Profesores, entre ellos Elías Diaz, y, lo que fue más gratificante, con nuestros Maestros respectivos, Joaquin Ruiz Giménez y Mariano Aguilar Navarro, las esperanzas de aquellos años en un futuro democrático para España
Dicho esto, del nuevo Doctor honoris causa se espera que exponga un tema de su especialidad, pues así lo pide la tradición académica. Sin duda para que esa intervención pueda justificar ante el Claustro que la distinción que se le ha concedido no es el fruto de una decisión “arbitraria, manifiestamente irrazonable o incursa en error patente”, por emplear el canon del control externo de las decisiones judiciales en sede constitucional que se deriva del art.24.1 C.E. Pero en cierta medida me apartaré de esta tradición, ya que no hablaré del Derecho internacional, público o privado, sino sólo del Derecho. Y, además, lo haré no sobre un tema de la Teoría General del Derecho, que sería osadía por mi parte, sino en relación una obra literaria.
El autor
Esta obra se escribió en Praga, en 1914, el año del inicio de un Guerra que, como dijo otro autor de ese periodo, Joseph Roth, no se llamó Mundial porque todos combatieran en ella, sino porque “cada uno perdimos en ella el mundo del pasado, nuestro mundo”. De la que se libró su autor debido a su mala salud, aunque siguió con pasión sus vicisitudes y no dejó de censurar que diera lugar a un patriotismo mal entendido.
El autor de esta obra era miembro de una doble minoría en la ciudad en la que nació : la de lengua alemana y la judía. Lo que hizo que socialmente viviera doblemente aislado, de la mayoría checa por lo primero y del círculo social alemán por lo segundo. Y la escribió cuando venia de sufrir la ruptura de su relación amorosa con Felice Bauer, su primera prometida[1], a la que seguiría luego otras rupturas similares, si bien su último amor, Dora Diamant, lo acompañó durante sus dos últimos años de vida. Un hombre que pese a haber soñado con viajar a otros países y, muy intensamente, con venir a Madrid, donde su tío era el director del ferrocarril Madrid-Lisboa, tuvo que permanecer en su ciudad natal, estudiar Derecho y trabajar, desde 1906, en una compañía de seguros privada, para pasar luego a una institución semi-pública de seguros, donde verificaba la exactitud de los datos en los expedientes de accidentes laborales y, al comprobar los fraudes de algunas empresas, hizo que se fortalecieran sus convicciones socialistas, ya iniciadas a los 16 años.
Ahora bien, este mundo, el de “la oficina”, le era insoportable. Lo que hizo que su vida se proyectara y concentrara en las noches, entregadas a la tarea de escribir, actividad en la que encontraba su verdadera personalidad. Una personalidad ciertamente compleja, no sólo por sus relaciones amorosas sino por su debilidad física y su extremada sensibilidad[2]; lo que se debió, como estiman todos sus biógrafos, al ámbito familiar de su infancia y juventud, puesto que pese a ser un hijo estudioso y obediente, siempre estuvo traumatizado por la presencia dominante de su padre[3]. Como se evidencia en una carta de 1919, que nunca le envió, donde le dice: “Padre, me preguntaste por qué te tengo miedo y no supe contestarte, en parte por el miedo que te tengo”.
La obra
Con estas referencias habréis comprendido que me refiero a Franz Kafka, nacido en Praga en 1893 y muerto en Viena en 1924. Y la obra de este autor de la que hablaré es el “El Proceso”, un relato inquietante, que, además, en su penúltimo capítulo, “Visita a la Catedral”, encierra una enigmática “Parábola de la Ley”, cuyo texto merecería ciertamente un comentario específico por mi parte, aunque no pueda hacerlo por falta de tiempo. Aunque no me resisto a evocar al protagonista de esa parábola, el hombre que pasó su vida a las puertas de la ley que defendía un guardián y que, próximo a morir, sólo pudo ver “el resplandor de la ley” pese a que esas puertas, en realidad, únicamente estaban destinadas a que el entrara, como le informa el guardián antes de cerrarlas.
Paso pues al argumento de la obra, que, muy resumidamente, es el siguiente : Joseph K., apoderado de un banco, al despertar una mañana en su pensión, la víspera de su 31 cumpleaños, es arrestado por unos hombre vestidos de negro que, sin grandes consideraciones, le interrogan en el cuarto de al lado; aunque al terminar le dicen que, aun estando detenido y procesado, puede ir a trabajar como cualquier otro día. Es convocado por teléfono para declarar un domingo ante un Tribunal, cuya sede es una casa de vecinos, en una sala llena de gente que rie y comenta lo que dicen los acusados. Joseph K. hace una declaración en la que denuncia su situación ante un Juez de instrucción, quien le dice que ha quedado invalidada por lo que ha dicho. Un tio suyo le aconseja que busque al abogado Huld, anciano y enfermo, con cuya enfermera, Leni, tiene un breve episodio erótico. Y ante las explicaciones del Abogado, Joseph K se siente perdido en el mundo de la Justicia, que trata de conocer. Un amigo, también procesado, le recomienda ver a un pintor, Tintorelli, que conoce a muchos Jueces. Con el que habla de éstos y de la Justicia y le informa que, aun siendo inocente, no es posible obtener una “absolución real” sino sólo “aparente”. Vuelve a casa de su Abogado para decirle que le abandona, porque lo cree ineficaz y, alli habla de nuevo de los Jueces y Abogados con otro acusado, Block. Y tras escuchar en la Catedral la “parábola de la Ley” que le narra un Capellán de Prisiones y discutir con él sobre su sentido, en el capítulo final vemos que otros dos hombres vestidos de negro le llevan a las afueras de la ciudad, donde le dan muerte, mientras alguien, desde una ventana, lo contempla haciendo gestos .
El presupuesto para la interpretación de la obra
Para la interpretación de esta obra desde la perspectiva que he elegido, la del Derecho, conviene partir de un dato : que en un análisis literario de la obra de Kafka se ha destacado que, tanto el protagonista de El Proceso como el de la Metamorfosis, al comienzo del relato abren los ojos en la cama y, tras los hechos que siguen, no llegan a saber si de verdad han despertado totalmente[4];pues tales hechos son los de una pesadilla que continua en la realidad . De suerte que la clave de la construcción literaria de Kafka no es la de la evocación de un pasado que condiciona nuestra realidad actual, como en el caso de la obra de Marcel Proust, ni tampoco la de la fantasía que se prolonga en la realidad, como ocurre con el Leopoldo Bloom del Ulises de Joyce : es la de una realidad que sigue la lógica de los sueños . Lo que determina que el relato sólo sea un desarrollo ad absurdum, según su propia lógica interna, de aquel hecho inicial.
Esta clave, como he dicho, también está presente en otras obras de Kafka. Pero a diferencia de ellas cabe observar que en el comienzo de El Proceso nos encontramos no ante un hecho por así decir de la naturaleza, como es la conversión en escarabajo del protagonista en la Metamorfosis, sino ante comportamientos de los hombres. Pues se nos dice, de un lado, que es detenido en su domicilio, y, de otro, que ello ha ocurrido porque “posiblemente algún desconocido había calumniado a Joseph K”.
Ello sitúa directamente al relato, desde su mismo inicio, en el mundo del Derecho. Pero interesa destacar que, además, desde el comienzo también se establece un contraste evidente con otro mundo del Derecho, aquel en el que antes de la pesadilla vivía el protagonista. Pues ante la presencia de los “hombres de negro” en la pensión y su irregular comportamiento, Joseph K. duda “si pertenecen a algún departamento oficial”. Agregándose a continuación en el relato un dato significativo: a saber, que “ K. era miembro de un Estado constitucional donde reinaba la paz y el orden y las leyes era cumplidas“.
Pues bien, el mundo del Derecho en el que se verá inmerso Joseph K. desde que despierta y es detenido está tejido por muchos detalles[5], lo que hace muy difícil el que pueda reflejarlo fielmente aquí. Si bien posee ciertos rasgos centrales, de los que conviene indicar brevemente aquellos tres que, a mi entender, son los más relevantes.
– El primero es que, a diferencia del Estado constitucional en que antes vivía Joseph K., ahora sólo existe un único poder, el de los Jueces, puesto que a lo largo del relato no hay referencia alguna a los otros poderes del Estado y sólo se habla, en efecto, de “los funcionarios de la Justicia”. Una categoría muy amplia que va desde los Jueces Superiores hasta el Capellán de Prisiones y los “hombres de negro”. Y es en torno a este único poder, el judicial, donde giran los comportamientos de los restantes personajes, ya se trate de los Abogados que buscan la amistad de los Jueces o de los propios acusados, de quienes se espera un buen comportamiento que complazca a aquellos en todo momento; actitud ésta que los primeros también proyectan sobre los acusados, como puede apreciarse en el trato que recibe el acusado Block en casa del Abogado Huld.
– El segundo es el del propio proceso penal, que a lo largo del relato se va configurando, con verdadero rigor, como la antítesis de un proceso con todas las garantías para el acusado. Este, en efecto, no conoce de que se le acusa y, aunque se crea inocente, la consecuencia es que no sabe como demostrarlo. Lo que lleva a pensar a Joseph K., cuando asume su propia defensa tras abandonar al Abogado Huld, que debe redactar un escrito en el que cuente minuciosamente todos los hechos de su vida y trate de explicarlos dándoles un sentido favorable, una tarea que luego reconoce que resulta imposible. Tampoco goza de un derecho a la defensa y la asistencia Letrada, pues se nos dice que los Abogados sólo son en realidad “ tolerados” pero no reconocidos por los Jueces y, en algunos procedimientos, son totalmente excluidos. De manera que sus escritos frente a una acusación que no conocen sólo son “muy eruditos pero vacíos de contenido “ y, de ordinario, no sólo no son leídos sino que se les devuelven. Y frente a la presunción de inocencia del acusado, en el mundo en que vivirá Joseph K. se parte de una presunción de culpabilidad desde la acusación del Fiscal; presunción contra la que nada valen las pruebas en contrario. Pues como le dirá Tintorelli, “frente a la justicia ninguna prueba es válida” ya que “una vez que la justicia ha dado forma a la acusación, está firmemente persuadida de la culpabilidad del acusado”. Lo que determina, en la lógica interna de la pesadilla, que no pueda producirse una “absolución real”, sino únicamente una absolución “sólo aparente”, que pese a contener “una declaración de inocencia y expresar los fundamentos en que se basa” puede reabrir el proceso en todo momento; o bien una “prórroga ilimitada”, que prolonga “ por tiempo indefinido el proceso en sus fases preliminares”.
– Por último, también me parece relevante indicar tanto la jerarquía interna como el comportamiento de los Jueces. Los de Instrucción, Jueces inferiores, sólo reciben declaraciones y redactan informes para los Jueces Superiores; que son quienes pueden decidir esa prorroga ilimitada o la absolución aparente, ya que “el derecho de ser libre por completo”, sólo pertenece al Tribunal Supremo. Aunque es una posibilidad vana puesto que, según afirma Tintorelli, “nadie puede llegar “ a este órgano judicial y, por eso, agrega, “ignoramos completamente lo que pueda ocurrir alli y puedo añadir que tampoco queremos saberlo”. Y en cuanto al comportamiento, cabe destacar que no se nos dice en ningún momento que los Jueces estén sometidos a la ley, a ninguna ley . A lo que se agrega que “las sentencias que dicta la justicia no solamente no se publican, sino que incluso los mismos jueces carecen de derecho a verlas, de forma que sólo se han conservado leyendas de la justicia de tiempos pasados”, pero incluso éstas no pueden ser invocadas ante los Tribunales.
Una interpretación de El Proceso desde el Derecho
Este es, en sus grandes rasgos, el mundo del Derecho en el que vivirá Joseph K. desde el inicio del relato. Y si admitimos, como antes dije, que está construido sobre la lógica interna de los sueños, cabe estimar fundadamente que esta lógica no es otra que la de un mundo donde el Estado constitucional y el Derecho que le sirve de fundamento, en especial los derechos y libertades inherentes a la persona humana, han dejado de existir; y, por tanto, es un mundo donde sólo reina la arbitrariedad del poder. Pues Joseph K, en efecto, .se preguntará indignado en su declaración ante el Juez de Instrucción “qué se oculta tras el aparato de esta justicia “, afirmando que sólo estamos ante “una organización poderosa “ cuyo único sentido es el de “detener a inocentes e iniciar procesos carentes de sentido”, un sistema que en realidad puede prescindir de los Jueces y contentarse “sólo con los verdugos”.
Tal vez esta última frase ha llevado a pensar a algún autor que “El proceso” es una gran sátira contra los Jueces y la Justicia. Pero a mi entender esta interpretación no sólo es muy simple, sino que entraña una evidente minusvaloración de la obra. En efecto, lo que creo que Franz Kafka ha querido subrayar en esta pesadilla, en contraste con el mundo del Derecho en el que antes vivía Joseph K.,es precisamente que aquellos a quienes se confía la Justicia sometidos a la ley, los Jueces, la han abandonado enteramente. Y, por tanto, que sólo ejercen un poder arbitrario mediante el cual determinan quienes son los acusados sin que exista acusación formal, establecen su culpabilidad sin que puedan defenderse y, finalmente, ordenan su ejecución sin tampoco haberles comunicado la condena. De suerte que no se trata sólo de poner de relieve la posible arbitrariedad que se deriva de la existencia de un único poder en el Estado, como se hizo en la concepción de un Estado democrático de Locke o de Montesquieu, sino el hecho de que esa arbitrariedad sea, paradójicamente, obra de los Jueces.
Por ello, a medida que Joseph K. va conociendo el comportamiento de los Jueces, a través de sus conversaciones con el Abogado Huld primero, con Tintorelli más tarde y también con otros acusados, va creciendo el horror en que está sumido. A lo que se agrega, frente a su intento de conocer cuales son las leyes que rigen el mundo en el que ahora vive, que el Capellán de Prisiones, al narrarle la “Parábola de la Ley “, trate de mostrarle el caso de un hombre que “vivió engañado por la Ley “, para que así abandone toda posibilidad de conocerla. De suerte que, progresivamente, va comprendiendo que la pesadilla que está viviendo desde su despertar sólo puede terminar con su muerte. Y, efectivamente, cuando llega ese momento, tras resistirse débilmente, la acepta, después de haber confiado inútilmente en que el hombre que hace gestos desde la ventana y contempla su ejecución tal vez pudiera intervenir, aunque no sabe bien si en realidad está a su favor o en su contra.
Si esta interpretación es correcta, resulta indudable que “El Proceso ” no sólo es una gran obra literaria sino también una gran obra sobre el Derecho. Como en un negativo, nos muestra, en efecto, la seguridad en la que vive el ciudadano en un Estado constitucional de Derecho, donde los Jueces aplican las leyes y estas son justas porque garantizan los derechos y libertades fundamentales de todos . Y, de otro lado, el horror al que puede llegar el hombre cuando, por no estar ya protegido por el Derecho, sino por una simple apariencia, queda sin defensa alguna ante un poder arbitrario que puede ser incluso, lo que resulta más terrible, el de los Jueces.
Lo anterior quizás explique que, muchos años más tarde de ser escrita, El Proceso se convirtiera no sólo en un clásico moderno, sino en una obra iluminadora. Y al respecto tal vez pudiera pensarse que el éxito de esta obra, logrado sólo a partir de su la segunda edición de las obras completas de F.Kafka, en1952, se debe a que nos muestra al hombre ante la angustia de su vida real, que no comprende; una actitud que estaba muy próxima al existencialismo entonces en vigor y que podría explicar el interés de autores como Albert Camus o Jean-Paul Sartre por esta obra[6] . Pero también hay otra explicación, para mi más convincente : que en la fecha que he indicado, el mundo ya había asistido a los horrores de los nazis, que arrastraron a Milena Jascenka y a las tres hermanas menores de Franz Kafka a los campos de exterminio, donde perecieron en circunstancias aun más crueles que las de el protagonista de El Proceso .
Tales horrores creíamos que habían desaparecido para siempre. Pero desgraciadamente han vuelto a repetirse más tarde no sólo en Europa sino también en otros continentes, por distintas causas pero cuyo fundamento común es la intolerancia respecto a otros seres humanos que son diferentes de nosotros. Y esta triste constatación hace, a mi entender, que aun sea más valioso el legado de El Proceso para el Derecho.
Esta obra, en efecto, no nos dice cómo se ha producido el tránsito de un Estado de Derecho a un poder arbitrario, pero si nos muestra con toda claridad que este cambio puede producirse en un momento inesperado, incluso de la noche a la mañana, como le ocurrió a Joseph K. Lo que supone, a mi entender, que en una sociedad democrática son necesarias tanto una actitud vigilante como una lucha permanente para que los derechos y libertades fundamentales de la persona sean respetados; aunque la lucha sólo sea la que se lleva a cabo con las palabras, para denunciar su violación. Y también, para que podamos conservar tales derechos y libertades sin que desaparezcan inesperadamente, que no basta una aislada acción individual, pues la lucha requiere, para que sea efectiva, la acción solidaria de muchos, oponiéndose resueltamente, desde sus inicios, a los actos de un poder que no respete la dignidad del hombre.
De cualquier poder y en cualquier circunstancia, me permito subrayarlo. Incluso frente a un Estado constitucional donde se iniciaron las Declaraciones de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos pero que, sorprendentemente, cuando trata de castigar a los autores de un crimen odioso, distingue entre nacionales y extranjeros y, respecto de los segundos, elige la vía de trasladarlos a un territorio muy lejano al de sus países de origen; de mantenerlos detenidos y encadenados en simbólicas jaulas metálicas, bajo el sol del trópico; de interrogarles sin la presencia de abogados y de ofrecerles, como final de su situación actual, sólo un incierto proceso, dado que aun no conocemos cual será el estatuto de estas personas, qué garantías jurídicas tendrán cuando sean juzgados, ni cuando lo serán por el tribunal de excepción que ya se ha anunciado. Pues este proceder, por graves y dolorosas que hayan sido para ese Estado las circunstancias de las que trae causa, mal se compadece en verdad, a mi entender, con el legado jurídico del pensamiento estoico que se plasma en la frase latina que figura en el centro del escudo de esta Universidad : homo hominis sacra res.
Muchas gracias por vuestra benévola atención. He dicho.
(Discurso de aceptación de Julio D. González Campos del doctorado honoris causa por la Universidad Carlos III de Madrid)
============================
NOTAS
[1] Se ha destacado que este hecho se proyecta en el tratamiento negativo que F.Kafka da a los personajes femeninos de El Proceso. Pero también ha señalado L. Acosta, en la “Introducción” a su traducción de El Castillo, Madrid, 198, pp.40-41, que el hecho le provocó un profundo sentimiento de culpabilidad y, tras la primera ruptura con Felice, en el otoño de 1913, el intento de reanudarla, en una entrevista en un hotel de Berlin, donde una amiga de Felice le acusa y otro amigo suyo le defiende, que este episodio de su vida fuera fuera visto, según una anotación de F. Kafa en sus Diarios, como el Gerichthof in Hotel.
[2] L.Acosta, op.cit.,pp. 17 y ss.
[3] Vide K.Wagenbach, Franz Kafka. Eine Biographie seiner Jugend 1883-1912, Berlin, 1958;R.Hackermüller, Kafkas lezte Jahre 1917-1924, Munich, 1990;Ch.Bezzel,Kafka-Chronik. Daten zu Leben und Werk, Munich/Viena, 1975;
[4] Martin de Riquer/José Maria Valverde, Historia de la Literatura Universal, vol.9, Barcelona, 1986, pp.191 y ss.
[5] L.Acosta, op.cit.,p.100, ha afirmado que “la forma de narrar produce una realidad novelesca de profundo simbolismo por la utilización de unos recursos que alteran la realidad, como es la concentración en los detalles, la presentación objetiva de lo que el narrador observa, la relación fluctuante entre el narrador y los elementos narrados, la presentación de discrepancias entre la conciencia del protagonista y la realidad que lo circunda, la utilización de imágenes lingüisticas, metáforas, comparaciones y otras técnicas de la retórica para la delimitación de esa realidad literaria resultante, la utilizaión específica que se hace de los diálogos para estructurar un desarrollo específico de lo narrado, la conversión en materia lingüistica de un mundo ficticio peculiar “.
[6] Vide las referencias a A.Camus y J.P.Sartre en L.Acosta, op.cit.,p.97, nota 27, en relación con las interpretaciones de “El Castillo ”