Julio González García

Catedrático de Derecho administrativo en la Universidad Complutense de Madrid.

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Montes vecinales en mano común

Los montes vecinales en mano común pueden definirse como aquellos de “naturaleza especial que, con independencia de su origen, pertenezcan a las agrupaciones vecinales en su calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas y vengan aprovechándose consuetudinariamente en mano común por los miembros de aquellas en su condición de vecinos”

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