Julio González García

Catedrático de Derecho administrativo en la Universidad Complutense de Madrid.

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administraciones públicas

Recursos administrativos

Un recurso administrativo es la impugnación de un acto ante la propia Administración que lo dictó. La Ley 39/2015 regula tres (alzada, reposición y extraordinario de revisión) y remite a los recursos especiales de la contratación pública, la transparencia o el ámbito tributario. Régimen de cada uno, con sus plazos de interposición y de resolución, y los dos conceptos que ordenan todo el sistema: acto que agota la vía administrativa y acto firme.

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La subcontratación en la contratación pública: régimen, límites y pago a los subcontratistas

La subcontratación en la contratación pública: régimen, límites y pago a los subcontratistas

La subcontratación es legal en la contratación pública, pero la LCSP la somete a condiciones. Repasamos los requisitos del artículo 215, los límites a la subcontratación de la prestación principal y el régimen de pago a los subcontratistas tras la reforma de la Ley 18/2022, con las cautelas que el interés general exige

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prórroga extraordinaria del contrato de alquiler

Prórroga extraordinaria del contrato de alquiler: RDL 8/2026 explicado

El Real Decreto-ley 8/2026, en vigor desde el 22 de marzo de 2026, reconoce a los inquilinos el derecho a solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años adicionales en sus contratos de alquiler. El derecho nace con la publicación en el BOE, aunque la convalidación parlamentaria sea incierta. Analizamos los dos supuestos de aplicación, las condiciones de la prórroga y qué ocurre si el Congreso la deroga.

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contratos menores

Contratos menores en la LCSP

Los contratos menores constituyen uno de los institutos más controvertidos de la contratación pública española. El artículo 118 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público regula una figura que, pese a su aparente sencillez, encierra riesgos jurídicos relevantes —fraccionamiento del objeto, contratación encubierta de personal, identidad entre licitadores— y ha generado una copiosa doctrina de los órganos consultivos. Este análisis examina el concepto, el expediente de adjudicación, las exigencias de publicidad, la fiscalización por el Tribunal de Cuentas y las modalidades especiales, con particular atención al procedimiento abierto supersimplificado como alternativa más garantista.

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