Cooperación regulatoria: más allá del TTIP

por Julio González García | Abr 20, 2023

Al parecer, un comité de la Cámara de Representantes de EEUU se ha pronunciado a favor de apoyar los esfuerzos del secretario de Estado para alcanzar un compromiso diplomático entre Marruecos y España sobre el futuro de Ceuta y Melilla. Lo de menos es saber qué es exactamente lo que está haciendo ese sujeto. Lo realmente preocupante es que estamos en la antesala de un grave problema, aumentado por la prometida venganza de EEUU por la actitud de España con ocasión de la actual guerra del golfo Pérsico.
Forzoso es comenzar por aceptar que la relación con el reino alauita es aparentemente correcta, pero está plagada de tumores, históricos y presentes, por más que el observador quiera y deba apartar todos los apriorismos negativos que entran en el análisis, pero la realidad es la que es y no ofrece motivos para el optimismo. Hay un primer punto que es obligado destacar: aun aceptando que Trump es un tipejo indeseable, es un grave error buscar el enfrentamiento con él, y, de paso, con USA, con el objetivo prioritario de presentarse ante la izquierda española – y Europea, según delira Sánchez - como máximo adalid del pensamiento progresista y de la gallardía ante el imperialismo belicista.
Las consecuencias son fácilmente previsibles, y ahí tenemos la amenaza de supresión de las bases norteamericanas en España, cosa que la progresía de salón, y algunos más de los socios de Sánchez, consideran una gran noticia, sin reparar en que el gran beneficiado puede ser Marruecos, a cuyo territorio pueden ir a parar las bases con todo lo que eso comporta, lo cual no se limita a la pérdida de unos “inquilinos”, sino que va mucho más allá, alterando gravemente la defensa de los intereses españoles.
Pero Sánchez, agobiado por las encuestas desfavorables, tenía que buscar en el baúl recursos propagandísticos y uno era el del “no a la guerra”, que irá acompañado, de aquí a las elecciones generales, del grito “OTAN no, bases fuera”, que estuvo en boga a comienzos de los 80. La probada frivolidad del actual PSOE y su jefe no detendrá el dislate, pues ningún precio para España es demasiado alto si se trata de los intereses electorales inmediatos.
Me he referido a uno más de los disparates sanchistas, pero el tema de estas notas es la relación con Marruecos. Para la mayoría de los españoles (datos del Real Instituto Elcano) Marruecos es la más grave amenaza exterior de España, muy por encima de Rusia que, en su caso, es un problema que España comparte con toda Europa en tanto que el marroquí es estrictamente español, y si la detección de la opinión se centra en Ceuta o Melilla o, incluso, en Canarias, el nivel de preocupación es mucho mayor.
A la gravedad estratégica de buscar el enfrentamiento con USA ( y con Israel) se suma la baja reacción ante hechos ya acaecidos, como han sido las invasiones incontroladas de inmigrantes ayudados por la Administración marroquí, los apresamientos injustificados de pesqueros españoles, la falta de respeto a las aguas territoriales españolas (determinadas por las Islas Canarias), y la frecuencia con la que diferentes voceros marroquíes se jactan de que el crecimiento demográfico de sus nacionales en España es un arma cargada de futuro, crecimiento que, además, sufraga en buena parte el sistema de seguridad social español.
Mientras que eso sucede, Marruecos anuncia sus proyectos de hacerse con las riquezas que atesora el suelo marino en las aguas cercanas a las Canarias y al Sahara Occidental, al que España ha abandonado a su suerte, indiferente a los intereses de sus habitantes, muchos de los cuales son, además, españoles. La tesis marroquí de que las grandes riquezas minerales que se encuentran en esas aguas le “pertenecen”, pretensión que carece de base tanto geográfica como histórica, es vista con mucha comprensión por USA, que, por supuesto, confía en beneficiarse antes o después de las políticas marroquíes de hechos consumados.
Entre tanto, España se limita a protestar, pero sin dar paso alguno en defensa de sus derechos, ya sea por temor al enfrentamiento abierto con Marruecos, ya por no contrariar al Gran Hermano yanqui, al que, paralelamente, Sánchez se permite chulear de cara a la galería, a la vez que su Gobierno, por boca del impresentable Ministro de Asuntos Exteriores, aumenta la marca de sandeces históricas asegurando que no hay ninguna razón para temer consecuencias negativas derivadas de las prohibiciones de uso de las bases de Rota y Morón. Para troncharse de risa.
Da vértigo la facilidad con la que España parece olvidar cómo las gasta Marruecos, y no por su gallardía bélica, sino por su habilidad para aprovechar los malos momentos hispanos. Hay que recordar la marcha verde sobre el Sahara Occidental durante la agonía de Franco, y el idilio de la administración Trump con Rabat es otro escenario malo para España, si, además, se combina con nuestro actual panorama político. Decir que Marruecos podría intentar apoderarse de un zarpazo de Ceuta o Melilla (por supuesto, con la abierta ayuda de USA) suena a idea fantasiosa carente de base, pero es grave imprudencia no querer contemplar esa posibilidad.
La tolerancia con las exigencias marroquíes alcanzó uno de sus puntos culminantes con la escandalosa decisión de reconocer la soberanía de Marruecos sobre el Sahara Occidental, con lo que España traicionaba definitivamente a los que en su momento fueron españoles. Sin que antes hubiera un debate en las Cortes, como sería lo adecuado en tema de esa importancia, Sánchez decidió en abril de 2022 dar la razón a Marruecos en el conflicto del Sahara Occidental, aceptando expresamente que la mejor solución sería la de dotar a aquel territorio de un estatuto de autonomía dentro del reino alauita, zanjando definitivamente la obligación de respetar las resoluciones de Naciones Unidas, que en modo alguno comportaban la integración directa en Marruecos.
Las consecuencias no se harían esperar, comenzando por poner al borde de la ruptura las relaciones con Argelia, dislate mayúsculo por muchos motivos, y entre ellos no es el menor el de la dependencia energética de España, necesitada del gas argelino. La torpeza estratégica y diplomática ha dado lugar a que España dependa ahora del gas que le vende EEUU, que además es peor y más caro que el argelino, según dicen los que saben de estas cosas, además de que, conociendo los cambios de humor de Trump, es altamente peligroso confiar en un suministrador que en cualquier momento puede decidir cerrar el grifo.

En otro plano se sitúan las relaciones humanas. Si comenzamos por los datos peores es obligado recordar que entre la población extranjera de las prisiones españolas el porcentaje mayor corresponde a marroquíes, es un mero hecho estadístico, pero puede ser valorado cuando se trata de la integración, pero el tema es, según creo, más grave:
Antes me he referido a la cuestión demográfica, y la abierta invocación que desde Marruecos se hace a la fuerza que suponen los vientres de las mujeres marroquíes inmigrantes, que traen sin cesar nuevos habitantes a España, país al que muchos de ellos nunca tendrán como propio, aunque haya crecientes excepciones que es obligado reconocer. En paralelo, las tasas de natalidad propias no paran de descender. Se trata de una “invasión lenta pero inexorable”, que se conjuga con la nula voluntad de integración de una gran mayoría de los marroquíes, que propenden a relacionarse exclusivamente entre ellos. Se dice, y algo de cierto hay en ello, que España no podría prescindir de la mano de obra extranjera en general y, en particular, marroquí, pero eso no es razón suficiente para no exigir comportamientos más respetuosos con España en tanto que país de acogida.
El tema de la integración ha tenido recientemente un importante momento crítico, provocado por la decisión del alcalde de Lérida de prohibir el velo integral (el burka y el niqab) en los espacios públicos. Su argumento es sencillo y, en mi opinión, contundente: es necesaria esa prohibición para la defensa de los derechos fundamentales de las mujeres. Las reacciones no se han hecho esperar, comenzando por el propio PSOE, Partido al que, vía PSC, pertenece el alcalde, y, por supuesto, una legión de progres de diferentes pelajes que se han lanzado a la defensa de la libertad de cultos y costumbres. No ha faltado tampoco quien ha acusado a la medida de “discriminatoria y racista”. ¡Cuánta necedad!
Esas reacciones ponen de manifiesto algo mucho más grave, como es la subestimación de lo que es el islamismo radical y lo que puede suponer, error imperdonable, especialmente si se tienen presentes episodios trágicos como los atentados de Atocha o los de las Ramblas de Barcelona. Pero según los defensores de la posición “respetuosa” con la singularidad islámica, una prohibición de esa clase interfiere la libertad de las mujeres musulmanas que decidan ocultar su rostro.
Ese problema se vivió hace años en Francia, donde la población musulmana es mucho más numerosa que en España, dando lugar a grades controversias, que no impidieron que en 2004 se prohibieran los signos religiosos ostensibles en la escuela pública. Unos años después, en 2010, se prohibió el burka con un argumento también simple y tajante: no se puede permitir que nadie circule por las calles enmascarado. La reacción de rechazo del islamismo fue la esperable, poniendo de manifiesto algo que a fuer de evidente no es valorado: las democracias occidentales son laicas, mientras que los Estados islámicos no lo son, y esa diferencia de partida explica la incapacidad islámica para comprender (y respetar) el modo de vida de los países libres.
Ese razonamiento, perfectamente trasportable a España, y va más allá de la cuestión de la supuesta “libertad de elección” de las mujeres (sin entrar en que esa libertad es indemostrable, siendo, en cambio, seguro el ambiente de control y presión en el que viven las musulmanas). Es absurdo invocar las libertades individuales, sin antes pararse a contemplar la cantidad de violencia contra las mujeres que entraña la imposición de vestimentas.
Haríamos bien los españoles en no olvidar que el islamismo (del que participan muchos marroquíes) pretende que sus propias leyes sean respetadas en Estados de Derecho en los que rigen otras, y para lograr ese objetivo no ha dudado en hacer correr la sangre, en España y en otros Estados europeos.
He comenzado hablando de la difícil relación con Marruecos y termino extendiendo el tema a la presencia del islamismo en nuestro país y en nuestra vida cotidiana. El riesgo de violencia existe y ojalá nunca pase de ser solo un riesgo, igual que sucede con el peligro de un indeseable conflicto bélico con Marruecos, que debe evitarse a toda costa, pero sin arrodillar a España.

LA COOPERACIÓN REGULATORIA: MÁS ALLÁ DEL TTIP

Los tratados comerciales de nueva generación se suele plantear como un acuerdo de liberalización del comercio internacional. Es bastante más que eso, ya que se puede catalogar sin dificultad como un acuerdo de regulación económica. Dos razones abonan esta tesis: a) Pretende la armonización de la legislación económica entre las partes del acuerdo y, b) para conseguir dicho objetivo estructura un procedimiento regulatorio nuevo, que se denomina cooperación regulatoria.  A ella me voy a referir en este post.

¿EN QUÉ CONSISTE LA COOPERACIÓN REGULATORIA?

La OCDE ha definido la cooperación regulatoria como “cualquier tipo de acuerdo  formal o informal entre países para promover cualquier forma de cooperación en el diseño, vigilancia, implementación o gestión a posteriori de la regulación, con el objeto de impulsar la convergencia y la consistencia de las normas jurídicas más allá de las fronteras”

¿QUÉ ORIGEN TIENE Y QUÉ MODALIDADES EXISTEN?

La cooperación regulatoria no es una figura novedosa, sino que se puede considerar un mecanismo que se puede considerar usual tanto en tratados multilaterales (por ejemplo el que aparece en el seno de la Organización Mundial del Comercio) o en tratados bilaterales, como los que tienen suscritos Estados Unidos y la Unión Europea. Hay, de hecho, diversos modelos que los permiten diferenciar en función de su carácter más o menos formalizado, del grado de interés que existe en la armonización legislativa, de los ámbitos (materiales o procedimentales) en los que se desarrolle o, incluso, en los participantes, si son sólo poderes públicos o participan sujetos privados que con posterioridad van a estar afectados por la reglamentación. 

¿QUÉ PARTICIPACIÓN TIENEN LAS EMPRESAS AFECTADAS?

Posiblemente uno de los aspectos más controvertidos es precisamente éste. La regulación que se recoge en estos instrumentos pasa por una participación activa en el procedimiento de concertación de la reglamentación de las empresas que participan en el ámbito económico afectado por la regulación. 

Los riesgos son, por ello, considerables en la defensa de los intereses generales, que pueden acabar sustituidos por los intereses de las empresas. En particular, los ámbitos ambientales y de derechos (en especial los derechos de protección de datos personales) son los que están más expuestos. 

En el primer caso, nos encontraríamos con la reducción del impacto del principio de precaución, lo que implicarían riesgos considerables de desregulación (que luego actuaría como marco de armonización legislativa con lo que la introducción de una legislación más exigente en materia de medio ambiente sería compleja). 

Desde la perspectiva de la protección de datos personales, nos encontraremos con que se puede dar carta de naturaleza a regulaciones favorables a los grandes operadores del mercado, que no cumplen con la legislación europea, como ha señalado reiteradamente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

¿CÓMO SE PRODUCIRÁ LA REGLAMENTACIÓN?

En principio, de acuerdo con las propuestas presentadas, el órgano gestor de la normativa presentará anualmente un programa anual de la reglamentación que habría que aprobar anualmente. Un programa regulatorio que afectará también a la calidad de la regulación, en donde hay que tener presente las directrices de la OIRA estadounidense y que están perfectamente explicadas en el libro de Cast R. Sunstein “Simpler”. El título lo dice todo: Un modelo que es de eficiencia y al mismo tiempo desregulador. No podemos olvidar que la desregulación es una forma de regular que limita la protección del interés general.

El mayor problema que plantea el modelo propuesto por las autoridades europeas estriba en que el examen de la regulación se producirá ex ante y, por ello, las medidas que se aprueben dependerán de unos acuerdos adoptados de forma no democrática y nada transparente. Es la famosa “mesa camilla” de la que tanto se habló cuando se abordaron los problemas del TTIP.

El problema que plantea la adopción de acuerdos previos consiste en que, en condiciones normales, la armonización legislativa se realiza mediante la reducción de requisitos por parte de los países para favorecer la competencia entre ordenamientos jurídicos. Lo cual se puede hacer ya sea armonizando principios que desarrolle cada país (pero que deben recibir los productos y servicios producidos de acuerdo con la ley del país de origen). De hecho, resulta paradójico que, hasta ahora, no se aborde el gran problema de la protección de consumidores y usuarios de los servicios.

Hemos de tener en cuenta, en este sentido, las diferencias de planteamientos que hay sobre la regulación en la actualidad que afectarían, por ejemplo, a la importación de carne estadounidense engordada con hormonas o de productos modificados genéticamente. Ambos ámbitos serán objeto de cooperación regulatoria. Es un problema, no se olvide, que hay a ambos lados del Atlántico, ya que hay reglamentaciones europeas que no son del agrado de los estadounidenses, como la de los mercados financieros.

Desde una perspectiva democrática dos son los problemas esenciales: por un lado, la ausencia de procedimientos de participación que permitan el juego ideológico. No hay una única respuesta para la mayor parte de los problemas. Y, por la otra, la dificultad que va a aparecer para modificar la reglamentación, fruto precisamente de que el acuerdo consolidará derecho.

CONSIDERACIONES FINALES

Estos son los elementos centrales de la comisión regulatoria, que puede tener aspectos complementarios en cada uno de los Tratados que lo regulen. De hecho, una vez superado el TTIP, se han seguido aprobando tratados en esta dirección que, en algún momento, generarán un litigio que se resolverá a través de los tribunales arbitrales, que tantos quebraderos de cabeza nos han generado: el CETA o el JEFTA (con Japón). Ahí, la especificidad de cada Estado, las peculiaridades de su normativa, queda a expensas del criterio del Trato justo y equitativo. Y no podemos olvidar que el TTIP, o un tratado con un nombre distinto y un contenido similar, puede reaparecer en cualquier momento. 

 

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