Ransomware: de víctima a cómplice del ciberataque

por Gonzalo Quintero Olivares | Abr 15, 2023

Al parecer, un comité de la Cámara de Representantes de EEUU se ha pronunciado a favor de apoyar los esfuerzos del secretario de Estado para alcanzar un compromiso diplomático entre Marruecos y España sobre el futuro de Ceuta y Melilla. Lo de menos es saber qué es exactamente lo que está haciendo ese sujeto. Lo realmente preocupante es que estamos en la antesala de un grave problema, aumentado por la prometida venganza de EEUU por la actitud de España con ocasión de la actual guerra del golfo Pérsico.
Forzoso es comenzar por aceptar que la relación con el reino alauita es aparentemente correcta, pero está plagada de tumores, históricos y presentes, por más que el observador quiera y deba apartar todos los apriorismos negativos que entran en el análisis, pero la realidad es la que es y no ofrece motivos para el optimismo. Hay un primer punto que es obligado destacar: aun aceptando que Trump es un tipejo indeseable, es un grave error buscar el enfrentamiento con él, y, de paso, con USA, con el objetivo prioritario de presentarse ante la izquierda española – y Europea, según delira Sánchez - como máximo adalid del pensamiento progresista y de la gallardía ante el imperialismo belicista.
Las consecuencias son fácilmente previsibles, y ahí tenemos la amenaza de supresión de las bases norteamericanas en España, cosa que la progresía de salón, y algunos más de los socios de Sánchez, consideran una gran noticia, sin reparar en que el gran beneficiado puede ser Marruecos, a cuyo territorio pueden ir a parar las bases con todo lo que eso comporta, lo cual no se limita a la pérdida de unos “inquilinos”, sino que va mucho más allá, alterando gravemente la defensa de los intereses españoles.
Pero Sánchez, agobiado por las encuestas desfavorables, tenía que buscar en el baúl recursos propagandísticos y uno era el del “no a la guerra”, que irá acompañado, de aquí a las elecciones generales, del grito “OTAN no, bases fuera”, que estuvo en boga a comienzos de los 80. La probada frivolidad del actual PSOE y su jefe no detendrá el dislate, pues ningún precio para España es demasiado alto si se trata de los intereses electorales inmediatos.
Me he referido a uno más de los disparates sanchistas, pero el tema de estas notas es la relación con Marruecos. Para la mayoría de los españoles (datos del Real Instituto Elcano) Marruecos es la más grave amenaza exterior de España, muy por encima de Rusia que, en su caso, es un problema que España comparte con toda Europa en tanto que el marroquí es estrictamente español, y si la detección de la opinión se centra en Ceuta o Melilla o, incluso, en Canarias, el nivel de preocupación es mucho mayor.
A la gravedad estratégica de buscar el enfrentamiento con USA ( y con Israel) se suma la baja reacción ante hechos ya acaecidos, como han sido las invasiones incontroladas de inmigrantes ayudados por la Administración marroquí, los apresamientos injustificados de pesqueros españoles, la falta de respeto a las aguas territoriales españolas (determinadas por las Islas Canarias), y la frecuencia con la que diferentes voceros marroquíes se jactan de que el crecimiento demográfico de sus nacionales en España es un arma cargada de futuro, crecimiento que, además, sufraga en buena parte el sistema de seguridad social español.
Mientras que eso sucede, Marruecos anuncia sus proyectos de hacerse con las riquezas que atesora el suelo marino en las aguas cercanas a las Canarias y al Sahara Occidental, al que España ha abandonado a su suerte, indiferente a los intereses de sus habitantes, muchos de los cuales son, además, españoles. La tesis marroquí de que las grandes riquezas minerales que se encuentran en esas aguas le “pertenecen”, pretensión que carece de base tanto geográfica como histórica, es vista con mucha comprensión por USA, que, por supuesto, confía en beneficiarse antes o después de las políticas marroquíes de hechos consumados.
Entre tanto, España se limita a protestar, pero sin dar paso alguno en defensa de sus derechos, ya sea por temor al enfrentamiento abierto con Marruecos, ya por no contrariar al Gran Hermano yanqui, al que, paralelamente, Sánchez se permite chulear de cara a la galería, a la vez que su Gobierno, por boca del impresentable Ministro de Asuntos Exteriores, aumenta la marca de sandeces históricas asegurando que no hay ninguna razón para temer consecuencias negativas derivadas de las prohibiciones de uso de las bases de Rota y Morón. Para troncharse de risa.
Da vértigo la facilidad con la que España parece olvidar cómo las gasta Marruecos, y no por su gallardía bélica, sino por su habilidad para aprovechar los malos momentos hispanos. Hay que recordar la marcha verde sobre el Sahara Occidental durante la agonía de Franco, y el idilio de la administración Trump con Rabat es otro escenario malo para España, si, además, se combina con nuestro actual panorama político. Decir que Marruecos podría intentar apoderarse de un zarpazo de Ceuta o Melilla (por supuesto, con la abierta ayuda de USA) suena a idea fantasiosa carente de base, pero es grave imprudencia no querer contemplar esa posibilidad.
La tolerancia con las exigencias marroquíes alcanzó uno de sus puntos culminantes con la escandalosa decisión de reconocer la soberanía de Marruecos sobre el Sahara Occidental, con lo que España traicionaba definitivamente a los que en su momento fueron españoles. Sin que antes hubiera un debate en las Cortes, como sería lo adecuado en tema de esa importancia, Sánchez decidió en abril de 2022 dar la razón a Marruecos en el conflicto del Sahara Occidental, aceptando expresamente que la mejor solución sería la de dotar a aquel territorio de un estatuto de autonomía dentro del reino alauita, zanjando definitivamente la obligación de respetar las resoluciones de Naciones Unidas, que en modo alguno comportaban la integración directa en Marruecos.
Las consecuencias no se harían esperar, comenzando por poner al borde de la ruptura las relaciones con Argelia, dislate mayúsculo por muchos motivos, y entre ellos no es el menor el de la dependencia energética de España, necesitada del gas argelino. La torpeza estratégica y diplomática ha dado lugar a que España dependa ahora del gas que le vende EEUU, que además es peor y más caro que el argelino, según dicen los que saben de estas cosas, además de que, conociendo los cambios de humor de Trump, es altamente peligroso confiar en un suministrador que en cualquier momento puede decidir cerrar el grifo.

En otro plano se sitúan las relaciones humanas. Si comenzamos por los datos peores es obligado recordar que entre la población extranjera de las prisiones españolas el porcentaje mayor corresponde a marroquíes, es un mero hecho estadístico, pero puede ser valorado cuando se trata de la integración, pero el tema es, según creo, más grave:
Antes me he referido a la cuestión demográfica, y la abierta invocación que desde Marruecos se hace a la fuerza que suponen los vientres de las mujeres marroquíes inmigrantes, que traen sin cesar nuevos habitantes a España, país al que muchos de ellos nunca tendrán como propio, aunque haya crecientes excepciones que es obligado reconocer. En paralelo, las tasas de natalidad propias no paran de descender. Se trata de una “invasión lenta pero inexorable”, que se conjuga con la nula voluntad de integración de una gran mayoría de los marroquíes, que propenden a relacionarse exclusivamente entre ellos. Se dice, y algo de cierto hay en ello, que España no podría prescindir de la mano de obra extranjera en general y, en particular, marroquí, pero eso no es razón suficiente para no exigir comportamientos más respetuosos con España en tanto que país de acogida.
El tema de la integración ha tenido recientemente un importante momento crítico, provocado por la decisión del alcalde de Lérida de prohibir el velo integral (el burka y el niqab) en los espacios públicos. Su argumento es sencillo y, en mi opinión, contundente: es necesaria esa prohibición para la defensa de los derechos fundamentales de las mujeres. Las reacciones no se han hecho esperar, comenzando por el propio PSOE, Partido al que, vía PSC, pertenece el alcalde, y, por supuesto, una legión de progres de diferentes pelajes que se han lanzado a la defensa de la libertad de cultos y costumbres. No ha faltado tampoco quien ha acusado a la medida de “discriminatoria y racista”. ¡Cuánta necedad!
Esas reacciones ponen de manifiesto algo mucho más grave, como es la subestimación de lo que es el islamismo radical y lo que puede suponer, error imperdonable, especialmente si se tienen presentes episodios trágicos como los atentados de Atocha o los de las Ramblas de Barcelona. Pero según los defensores de la posición “respetuosa” con la singularidad islámica, una prohibición de esa clase interfiere la libertad de las mujeres musulmanas que decidan ocultar su rostro.
Ese problema se vivió hace años en Francia, donde la población musulmana es mucho más numerosa que en España, dando lugar a grades controversias, que no impidieron que en 2004 se prohibieran los signos religiosos ostensibles en la escuela pública. Unos años después, en 2010, se prohibió el burka con un argumento también simple y tajante: no se puede permitir que nadie circule por las calles enmascarado. La reacción de rechazo del islamismo fue la esperable, poniendo de manifiesto algo que a fuer de evidente no es valorado: las democracias occidentales son laicas, mientras que los Estados islámicos no lo son, y esa diferencia de partida explica la incapacidad islámica para comprender (y respetar) el modo de vida de los países libres.
Ese razonamiento, perfectamente trasportable a España, y va más allá de la cuestión de la supuesta “libertad de elección” de las mujeres (sin entrar en que esa libertad es indemostrable, siendo, en cambio, seguro el ambiente de control y presión en el que viven las musulmanas). Es absurdo invocar las libertades individuales, sin antes pararse a contemplar la cantidad de violencia contra las mujeres que entraña la imposición de vestimentas.
Haríamos bien los españoles en no olvidar que el islamismo (del que participan muchos marroquíes) pretende que sus propias leyes sean respetadas en Estados de Derecho en los que rigen otras, y para lograr ese objetivo no ha dudado en hacer correr la sangre, en España y en otros Estados europeos.
He comenzado hablando de la difícil relación con Marruecos y termino extendiendo el tema a la presencia del islamismo en nuestro país y en nuestra vida cotidiana. El riesgo de violencia existe y ojalá nunca pase de ser solo un riesgo, igual que sucede con el peligro de un indeseable conflicto bélico con Marruecos, que debe evitarse a toda costa, pero sin arrodillar a España.

En relación con el inabarcable problema de la delincuencia en el ciberespacio, nada se descubre diciendo que uno de los delitos que más preocupa es el del ransomware, que consiste en bloquear o secuestrar la información de una empresa o de un profesional, haciendo imposible el acceso a ella, situación cuya solución pasa por el pago de un “rescate”, que devolverá el acceso normal a su titular.

 De la gravedad de esos hechos nadie tiene duda, y hasta se puede decir que es fácil conocer a víctimas de esos delitos. Están sobradamente justificadas las inversiones que se hagan en policía del ciberespacio, cuya necesariedad en nuestro tiempo es indiscutible, y no solo por los secuestros de información, sino por la creciente extensión de la ciberdelincuencia.  De las medidas de prevención que aconsejan los especialistas no voy a hablar, y no ya por mi manifiesta incompetencia informática, sino porque es una obviedad análoga a las alarmas antirrobo o cualquiera otra medida de prevención del delito.

 

 El tema al que quiero dedicar este comentario no se refiere a la necesidad de sensibilizarse ante la gravedad del problema, sino a cierta línea de opinión de acuerdo con la cual, en primer lugar, las compañías aseguradoras harán bien en no asegurar esa clase perjuicios (especialmente, el costo del rescate) para evitar, precisamente, que los delincuentes consigan su objetivo. Si la cuestión se ciñera a eso podría dejarse en el (importante) campo de las decisiones de las compañías de seguros, las exigencias de medidas a tomar por los asegurados (duplicar información, ante todo) y el precio del aseguramiento de ese riesgo.

 Pero no es esa la única línea de lucha contra esa clase de delitos, sino que también se propone por algunos o muchos, que, con seguro o sin seguro, se luche abiertamente contra el pago de los rescates, lo cual, en sí mismo es razonable, y los motivos asumibles: el recate no garantiza la recuperación, fomenta la continuidad de la actividad delictiva, y la experiencia demuestra, respecto de otras situaciones en que se exige rescate, que la vía de aceptar las exigencias criminales y pagar es la menos recomendable por criminógena.

 Esa referencia a otras situaciones conocidas de secuestro y exigencia de dinero para ponerle fin están en la memoria de todos. En primer lugar, los secuestros terroristas, de los que, en España, desgraciadamente, sabemos algo. Pero no solo esos, pues en muchos lugares del planeta, y también de Europa, el secuestro ha sido una actividad criminal común desprovista de connotaciones políticas, como sufrió Italia, donde la mafia y otras organizaciones criminales pusieron en marcha, el último tercio del pasado siglo, una auténtica industria del secuestro de personas, lo cual llevó finalmente al Estado a prohibir el pago de rescates a las familias de los secuestrados, para lo cual se autorizó el bloqueo de cuentas bancarias y se prohibió entrar en negociaciones con los secuestradores.

 Por demás, es sabido que ningún Gobierno de un Estado de Derecho normal aconseja, antes todo lo contrario, el pago de rescates, aunque, por lo común, no se llega a calificar como “delito” el pago de un rescate. Pese a ello, en algunos casos de secuestros terroristas países como EE.UU. llegaron a advertir que el pago de rescates podría ser considerado como financiación del terrorismo.

 En esa misma línea de negarse a pagar el rescate para no contribuir con dinero a la causa del terrorista, y en relación con casos de secuestros llevados a cabo por grupos islamistas, países como Francia o el Reino Unido también observan (al menos, en teoría) la línea de no ceder ni siquiera ante el perceptible riesgo de muerte del secuestrado.

 Me he alejado por un momento del tema inicial que era el del ciberdelito consistente en el secuestro o bloqueo de la información
perteneciente a empresas o personas físicas, y a cuáles eran las mejores estrategias de lucha, entre las cuales, y eso es lo más discutible cuando no censurable, se propone por algunos considerar el pago exigido para acabar con el bloqueo como una complicidad en el delito. De ese modo, la víctima del delito, que accede a pagar, por la razón que sea, para recuperar lo que es suyo podría pasar a compartir la responsabilidad penal por el delito cometido.

 Esa posibilidad es, en mi opinión, abiertamente rechazable.

 En primer lugar, la participación dolosa en un delito tiene una tipicidad, como la tiene la autoría o la tiene la tentativa. Se trata de una tipicidad accesoria compuesta por la combinación de las reglas generales de incriminación de la participación (arts. 27 y ss. del CP) con la respectiva figura de delito, que, en el caso que nos ocupa, será el correspondiente ciberdelito de secuestro de información. Esa dependencia técnica del tipo que realiza el autor principal del hecho da lugar a una especie de tipicidad subordinada, pero que, al igual que cualquier otro delito, tiene una específica significación antijurídica externa e interna, objetiva y subjetiva.

 El componente subjetivo de cualquier comportamiento injusto no se reduce a la consciencia de lo que se está haciendo (entregar dinero a unos delincuentes) sino,  además, del deseo de dirigir la propia conducta en contra del bien jurídico agredido por el delito. En el caso del secuestro de información, el bien jurídico protegido se integrará por el derecho de su propietario a disponer de esa información sin la injerencia de nadie y, además, de los derechos de aquellas personas físicas o jurídicas de las cuales la información secuestrada contenga datos que dichas personas tienen el derecho a mantener en el ámbito de privacidad. El autor del delito obra contra ese bien jurídico, y el mismo “consenso criminal” es el que anima a todos aquellos que contribuyen a que pueda llevar su plan adelante.

  Partiendo de este elemental análisis sobre cuál es el fundamento jurídico de la teoría de la participación punible en derecho penal, puede salirse al paso de la pretensión de tratar como conducta penalmente antijurídica la de quien decide pagar para acabar con la situación de riesgo grave en la que se encuentra el bien jurídico que se quiere proteger. A buen seguro, quienes sostienen que pagar para recuperar la información imprescindible para el funcionamiento de una empresa o de una actividad profesional debiera ser tratado y castigado como complicidad “porque contribuye a que el autor del delito alcance su perfecta consumación, no dirían lo mismo si se tratara del secuestro de un niño, por ejemplo. En tal caso correrían, como poco, a invocar la eximente de estado de necesidad justificante o exculpante, añadiendo, tal vez, que “un niño es otra cosa”, razonamiento tan ajurídico como absurdo.

 Hay que recordar, por demás, que cuando se exige un rescate, el delito ya se ha consumado, y ese rescate, pedido o cobrado, solo servirá para agravar la pena, pero no para modificar la tipificación. Que la víctima pague el rescate no modifica el indiscutible hecho de que el delito ya se ha cometido. Esa intervención de la víctima post-consumación no alterará esa realidad, ni aliviará la responsabilidad penal del autor si llega a ser aprehendido.

  Habrá quien opine que todo eso está muy bien, pero que la eficacia en la lucha contra los ciber-secuestros de información pasa por amenazar a las víctimas de esa manera, sin perjuicio de que,  ulteriormente, en la sentencia que se pueda dictar, se le absuelva de su presunta cooperación “al delito”, apreciando la causa de justificación de obrar en estado de necesidad, lo cual es lo primero que debe rechazarse, pues para poder invocar una causa de justificación lo primero que ha de demostrarse es que esa persona había actuado típicamente, y , en mi opinión, la decisión de pagar para recuperar la información es atípica, con lo cual no hay base alguna para someter a esa persona a un proceso penal, más allá de su eventual participación como testigo.

 Con esto no pretendo poner en duda el enorme valor de aquellos que se niegan a pasar por las exigencias de los delincuentes. Pero eso no ha de llevar el péndulo a criminalizar a quienes, por las razones que sea no pueden o no quieren seguir esa línea. Incriminarles supondría, en primer lugar, que, la situación de la víctima tras el delito sería la de uno de los imputados como responsable criminal en ese delito, dejando en anecdótico todo lo que se ha dicho sobre la necesidad de evitar la llamada “criminalización secundaria”, o, con otras palabras, cornudo y apaleado, como el personaje del Decamerón.

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