Ley de convivencia universitaria: 5 claves que debes conocer

por Julio González García | Feb 17, 2022

Al parecer, un comité de la Cámara de Representantes de EEUU se ha pronunciado a favor de apoyar los esfuerzos del secretario de Estado para alcanzar un compromiso diplomático entre Marruecos y España sobre el futuro de Ceuta y Melilla. Lo de menos es saber qué es exactamente lo que está haciendo ese sujeto. Lo realmente preocupante es que estamos en la antesala de un grave problema, aumentado por la prometida venganza de EEUU por la actitud de España con ocasión de la actual guerra del golfo Pérsico.
Forzoso es comenzar por aceptar que la relación con el reino alauita es aparentemente correcta, pero está plagada de tumores, históricos y presentes, por más que el observador quiera y deba apartar todos los apriorismos negativos que entran en el análisis, pero la realidad es la que es y no ofrece motivos para el optimismo. Hay un primer punto que es obligado destacar: aun aceptando que Trump es un tipejo indeseable, es un grave error buscar el enfrentamiento con él, y, de paso, con USA, con el objetivo prioritario de presentarse ante la izquierda española – y Europea, según delira Sánchez - como máximo adalid del pensamiento progresista y de la gallardía ante el imperialismo belicista.
Las consecuencias son fácilmente previsibles, y ahí tenemos la amenaza de supresión de las bases norteamericanas en España, cosa que la progresía de salón, y algunos más de los socios de Sánchez, consideran una gran noticia, sin reparar en que el gran beneficiado puede ser Marruecos, a cuyo territorio pueden ir a parar las bases con todo lo que eso comporta, lo cual no se limita a la pérdida de unos “inquilinos”, sino que va mucho más allá, alterando gravemente la defensa de los intereses españoles.
Pero Sánchez, agobiado por las encuestas desfavorables, tenía que buscar en el baúl recursos propagandísticos y uno era el del “no a la guerra”, que irá acompañado, de aquí a las elecciones generales, del grito “OTAN no, bases fuera”, que estuvo en boga a comienzos de los 80. La probada frivolidad del actual PSOE y su jefe no detendrá el dislate, pues ningún precio para España es demasiado alto si se trata de los intereses electorales inmediatos.
Me he referido a uno más de los disparates sanchistas, pero el tema de estas notas es la relación con Marruecos. Para la mayoría de los españoles (datos del Real Instituto Elcano) Marruecos es la más grave amenaza exterior de España, muy por encima de Rusia que, en su caso, es un problema que España comparte con toda Europa en tanto que el marroquí es estrictamente español, y si la detección de la opinión se centra en Ceuta o Melilla o, incluso, en Canarias, el nivel de preocupación es mucho mayor.
A la gravedad estratégica de buscar el enfrentamiento con USA ( y con Israel) se suma la baja reacción ante hechos ya acaecidos, como han sido las invasiones incontroladas de inmigrantes ayudados por la Administración marroquí, los apresamientos injustificados de pesqueros españoles, la falta de respeto a las aguas territoriales españolas (determinadas por las Islas Canarias), y la frecuencia con la que diferentes voceros marroquíes se jactan de que el crecimiento demográfico de sus nacionales en España es un arma cargada de futuro, crecimiento que, además, sufraga en buena parte el sistema de seguridad social español.
Mientras que eso sucede, Marruecos anuncia sus proyectos de hacerse con las riquezas que atesora el suelo marino en las aguas cercanas a las Canarias y al Sahara Occidental, al que España ha abandonado a su suerte, indiferente a los intereses de sus habitantes, muchos de los cuales son, además, españoles. La tesis marroquí de que las grandes riquezas minerales que se encuentran en esas aguas le “pertenecen”, pretensión que carece de base tanto geográfica como histórica, es vista con mucha comprensión por USA, que, por supuesto, confía en beneficiarse antes o después de las políticas marroquíes de hechos consumados.
Entre tanto, España se limita a protestar, pero sin dar paso alguno en defensa de sus derechos, ya sea por temor al enfrentamiento abierto con Marruecos, ya por no contrariar al Gran Hermano yanqui, al que, paralelamente, Sánchez se permite chulear de cara a la galería, a la vez que su Gobierno, por boca del impresentable Ministro de Asuntos Exteriores, aumenta la marca de sandeces históricas asegurando que no hay ninguna razón para temer consecuencias negativas derivadas de las prohibiciones de uso de las bases de Rota y Morón. Para troncharse de risa.
Da vértigo la facilidad con la que España parece olvidar cómo las gasta Marruecos, y no por su gallardía bélica, sino por su habilidad para aprovechar los malos momentos hispanos. Hay que recordar la marcha verde sobre el Sahara Occidental durante la agonía de Franco, y el idilio de la administración Trump con Rabat es otro escenario malo para España, si, además, se combina con nuestro actual panorama político. Decir que Marruecos podría intentar apoderarse de un zarpazo de Ceuta o Melilla (por supuesto, con la abierta ayuda de USA) suena a idea fantasiosa carente de base, pero es grave imprudencia no querer contemplar esa posibilidad.
La tolerancia con las exigencias marroquíes alcanzó uno de sus puntos culminantes con la escandalosa decisión de reconocer la soberanía de Marruecos sobre el Sahara Occidental, con lo que España traicionaba definitivamente a los que en su momento fueron españoles. Sin que antes hubiera un debate en las Cortes, como sería lo adecuado en tema de esa importancia, Sánchez decidió en abril de 2022 dar la razón a Marruecos en el conflicto del Sahara Occidental, aceptando expresamente que la mejor solución sería la de dotar a aquel territorio de un estatuto de autonomía dentro del reino alauita, zanjando definitivamente la obligación de respetar las resoluciones de Naciones Unidas, que en modo alguno comportaban la integración directa en Marruecos.
Las consecuencias no se harían esperar, comenzando por poner al borde de la ruptura las relaciones con Argelia, dislate mayúsculo por muchos motivos, y entre ellos no es el menor el de la dependencia energética de España, necesitada del gas argelino. La torpeza estratégica y diplomática ha dado lugar a que España dependa ahora del gas que le vende EEUU, que además es peor y más caro que el argelino, según dicen los que saben de estas cosas, además de que, conociendo los cambios de humor de Trump, es altamente peligroso confiar en un suministrador que en cualquier momento puede decidir cerrar el grifo.

En otro plano se sitúan las relaciones humanas. Si comenzamos por los datos peores es obligado recordar que entre la población extranjera de las prisiones españolas el porcentaje mayor corresponde a marroquíes, es un mero hecho estadístico, pero puede ser valorado cuando se trata de la integración, pero el tema es, según creo, más grave:
Antes me he referido a la cuestión demográfica, y la abierta invocación que desde Marruecos se hace a la fuerza que suponen los vientres de las mujeres marroquíes inmigrantes, que traen sin cesar nuevos habitantes a España, país al que muchos de ellos nunca tendrán como propio, aunque haya crecientes excepciones que es obligado reconocer. En paralelo, las tasas de natalidad propias no paran de descender. Se trata de una “invasión lenta pero inexorable”, que se conjuga con la nula voluntad de integración de una gran mayoría de los marroquíes, que propenden a relacionarse exclusivamente entre ellos. Se dice, y algo de cierto hay en ello, que España no podría prescindir de la mano de obra extranjera en general y, en particular, marroquí, pero eso no es razón suficiente para no exigir comportamientos más respetuosos con España en tanto que país de acogida.
El tema de la integración ha tenido recientemente un importante momento crítico, provocado por la decisión del alcalde de Lérida de prohibir el velo integral (el burka y el niqab) en los espacios públicos. Su argumento es sencillo y, en mi opinión, contundente: es necesaria esa prohibición para la defensa de los derechos fundamentales de las mujeres. Las reacciones no se han hecho esperar, comenzando por el propio PSOE, Partido al que, vía PSC, pertenece el alcalde, y, por supuesto, una legión de progres de diferentes pelajes que se han lanzado a la defensa de la libertad de cultos y costumbres. No ha faltado tampoco quien ha acusado a la medida de “discriminatoria y racista”. ¡Cuánta necedad!
Esas reacciones ponen de manifiesto algo mucho más grave, como es la subestimación de lo que es el islamismo radical y lo que puede suponer, error imperdonable, especialmente si se tienen presentes episodios trágicos como los atentados de Atocha o los de las Ramblas de Barcelona. Pero según los defensores de la posición “respetuosa” con la singularidad islámica, una prohibición de esa clase interfiere la libertad de las mujeres musulmanas que decidan ocultar su rostro.
Ese problema se vivió hace años en Francia, donde la población musulmana es mucho más numerosa que en España, dando lugar a grades controversias, que no impidieron que en 2004 se prohibieran los signos religiosos ostensibles en la escuela pública. Unos años después, en 2010, se prohibió el burka con un argumento también simple y tajante: no se puede permitir que nadie circule por las calles enmascarado. La reacción de rechazo del islamismo fue la esperable, poniendo de manifiesto algo que a fuer de evidente no es valorado: las democracias occidentales son laicas, mientras que los Estados islámicos no lo son, y esa diferencia de partida explica la incapacidad islámica para comprender (y respetar) el modo de vida de los países libres.
Ese razonamiento, perfectamente trasportable a España, y va más allá de la cuestión de la supuesta “libertad de elección” de las mujeres (sin entrar en que esa libertad es indemostrable, siendo, en cambio, seguro el ambiente de control y presión en el que viven las musulmanas). Es absurdo invocar las libertades individuales, sin antes pararse a contemplar la cantidad de violencia contra las mujeres que entraña la imposición de vestimentas.
Haríamos bien los españoles en no olvidar que el islamismo (del que participan muchos marroquíes) pretende que sus propias leyes sean respetadas en Estados de Derecho en los que rigen otras, y para lograr ese objetivo no ha dudado en hacer correr la sangre, en España y en otros Estados europeos.
He comenzado hablando de la difícil relación con Marruecos y termino extendiendo el tema a la presencia del islamismo en nuestro país y en nuestra vida cotidiana. El riesgo de violencia existe y ojalá nunca pase de ser solo un riesgo, igual que sucede con el peligro de un indeseable conflicto bélico con Marruecos, que debe evitarse a toda costa, pero sin arrodillar a España.

LEY DE CONVIVENCIA UNIVERSITARIA: 5 CLAVES QUE DEBES CONOCER

 

El Senado aprobó ayer, sin modificaciones, el texto remitido por el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley de convivencia universitaria. Una norma inspirada en el texto que se redactó en la época del Ministro Gabilondo (en el lejano 2011) y que finalmente ve la luz. Con ello, se regula un aspecto de la regulación del régimen universitario que estaba cojo y que finalmente se adecúa a los principios y valores constitucionales. Se trata de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.

Sobre esta norma cabe señalar 5 claves:

1. Acaba con un símbolo de la universidad franquista. En efecto, la Disposición derogatoria única de la norma deroga todas las normas que se opongan a su contenido, y, en particular “el Decreto de 8 de septiembre de 1954, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica dependientes del Ministerio de Educación Nacional”. Un Reglamento inservible desde la perspectiva de la Universidad democrática y que, finalmente, se finiquita. El Ministro Castells será, para siempre, el que impulsó finalmente la norma que acabó con este anacronismo histórico. 

2. En segundo lugar, es una norma de convivencia y valores democráticos. Es relevante el cambio de perspectiva de la norma con respecto a la normativa anterior: no se trata de sancionar sino de configurar un régimen jurídico que permita el establecimiento de la convivencia en el ámbito de una institución educativa, como es la Universidad. 

Y, por ello se sanciona cualquier acción que suponga discriminar por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, pertenenciaa grupo étnico, edad, clase social, discapacidad, estado de salud, religión o creencias, o por cualquier otra causa personal o social

En esta línea,  se impulsan los “medios alternativos de solución de los conflictos de la convivencia basados en la mediación”. La mediación es una forma eficaz de resolver pequeños conflictos de convivencia en donde la perspectiva sancionadora no aporta valor añadido al funcionamiento del centro ni al desarrollo de los estudiantes. 

Es importante tener presente que estas normas de convivencia no afectan sólo a los estudiantes sino que se aplican también al personal de las universidades; donde precisamente surgen más dificultades de convivencia que se pueden solucionar a través de estos procedimientos. La experiencia que instauramos en la UCM durante el mandato de Carlos Berzosa fue realmente satisfactoria y contribuyó a la solución de problemas enquistados.

3. Es una norma que se aplica a todo el sistema universitario español, público y privado, sin importar ni la titularidad ni los principios que inspiren la creación del centro. Respeto a la diversidad, a la tolerancia, a los derechos fundamentales y de eliminación de las formas de violencia (lo que afecta directamente a las inocentadas que tantos problemas generan a los estudiantes nuevos, que entran en el sistema universitario español (recogido expresamente en el artículo 11 a) . Y, al mismo tiempo, respeto a las reglas sobre la imposición de sanciones a los estudiantes tanto en la perspectiva dela determinación de infracciones y sanciones como del cauce procedimental y las medidas provisionales que se pueden imponer. No hay distinción en este caso.

Conviene recordar un aspecto relevante que puede resultar chocante en una lectura apresurada. El articulado de la norma referido a sanciones afecta sólo al estudiantado en la medida en que el personal de las universidades tiene otras disposiciones en donde se recogen infracciones y sanciones, tanto en el Estatuto Básico del Empleado Público como en la normativa de aplicación al personal de las universidades privadas. No hay, por ello, una descompensación. 

Pero, al mismo tiempo, hay que hacer hincapié en que, a partir de ahora, le corresponde a las Universidades, “en el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta Ley y en los términos de lo dispuesto por los artículos 3 y 4, las universidades públicas y privadas aprobarán sus Normas de Convivencia, que incluirán las medidas de prevención y respuesta frente a la violencia, la discriminación o el acoso”. 

 4. Es una norma que genera seguridad jurídica, en la medida en que articula un procedimiento para tramitar los procedimientos disciplinarios de los estudiantes universitarios, y que sustituye el régimen que estaba previsto en el sistema anterior que era la antítesis de lo que ahora se regula. De igual forma, existe una detallada tipificación de infracciones y sanciones que permitirán conocer de forma clara qué conductas están prohibidas. Dicho de otro modo, ese absurdo tipo de la “falta de probidad” del Reglamento de 1954 queda sustituido por una regulación conforme con los valores y principios constitucionales que se aplican a todo el estudiantado del sistema universitario español.

5. Y, por último, es una norma para la protección de los valores del estudio y la investigación. Resulta en este sentido importante tener presente que de forma clara se protegen tanto los bienes de estudios e investigación como se sanciona la realización de conductas que violen la propiedad intelectual, como son el plagio o  el “fraude académico cualquier comportamiento premeditado tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo, propio o ajeno, realizado como requisito para superar una asignatura o acreditar el rendimiento académico”.

Se trata, en definitiva, de una norma adaptada a las necesidades de una universidad democrática, que protege los derechos de estudiantes y que fomenta la convivencia en la extensa población del sistema universitario español y el estudio.

 

Autor

¿Necesita asesoramiento especializado en Derecho administrativo?