En enero de 2024, el Tribunal de Apelación del noveno circuito estadounidense dictó sentencia favorable a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza (FCTB).  Esta decisión significa que la familia Cassirer no recuperará la propiedad de “Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia”. Este cuadro de Pissarro, expoliado en 1939 por los nazis a los Cassirer, seguirá formando parte de la colección del Museo Thyssen. En esta resolución judicial llama la atención un comentario firmado por la magistrada Consuelo María Callahan, quien declara que en ocasiones su cargo le requiere mostrar conformidad con resultados judiciales que no concuerdan con su “brújula moral”. En una decisión previa sobre este mismo caso, el Tribunal ya había subrayado que, a pesar de que España ha respaldado formalmente los principios y responsabilidades morales recogidos en textos como los Principios de Washington de 1988 sobre arte confiscado por los nazis y la Declaración de Terezin de 2009 sobre los bienes y activos robados a los judíos durante la Shoah, la corte era plenamente consciente de que dichos documentos no gozan per se de fuerza obligatoria (esto es, son textos conocidos en el contexto jurídico como soft law). Ello hace concluir al tribunal que: “Quizás sea desafortunado que un país y un gobierno puedan pavonearse de moralistas en sus declaraciones, y que sin embargo no estén obligados por esas declaraciones. Pero esa es la situación jurídica (But that is the state of the law).”

El 9 de mayo de 2024, los ministros colombianos de Relaciones Exteriores y de Cultura remitieron a sus homólogos españoles un documento que lleva por título “Propuesta para el retorno de la Colección Quimbaya a Colombia”. A través de él, la República de Colombia solicita formalmente a España la devolución de 122 piezas prehispánicas que se exhiben en el Museo de América de Madrid. El texto colombiano afirma que: “Este gesto, y su deseable resultado, se enmarcan dentro de los modelos internacionales al respecto de las políticas de descolonización de los museos, y tendrá para ellas implicaciones invaluables al reivindicar la soberanía cultural, el reconocimiento de los derechos culturales de los pueblos y el manejo integral de colecciones culturales”. En enero de 2024, en una comparecencia del Ministro de Cultura ante la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados, Urtasun había declarado que uno de los retos de su Ministerio: “en línea con las recomendaciones internacionales de organismos como el Consejo Internacional de los Museos es establecer espacios de diálogo e intercambio que nos permitan superar un marco colonial o anclado en inercias de género o etnocéntricas que han lastrado, en muchas ocasiones, la visión del patrimonio, de la historia y del legado artístico”. El Ministro español hizo referencia a los compromisos internacionales asumidos por España en la Cumbre de MONDIACULT 2022 y en el X Encuentro Iberoamericano de Museos que, en su opinión, requieren revisar tanto las colecciones de los museos estatales como sus programaciones temporales, trabajándose en “visibilizar y reconocer la perspectiva de las comunidades y la memoria de los pueblos de los que proceden los bienes expuestos”. 

Es incuestionable que existen múltiples y palmarias diferencias, tanto en lo histórico como en lo jurídico, entre la reclamación del cuadro de Pissarro y el Tesoro Quimbaya. Entre ellas, procede atender a las dos siguientes: En primer lugar, no se discute que el origen último del conflicto entre los herederos de Lilly Cassirer y la FCTB es un robo perpetrado en la época nazi (“There is no dispute that the Nazis stole the Painting from Lilly”), que a su vez ha dado pie a cuestionar la legitimidad de los posteriores títulos de adquisición del cuadro impresionista. Por el contrario, la calificación del evento que sustenta el conflicto entre Colombia y España por el Tesoro Quimbaya sí es extremadamente controvertida. Una sentencia de 2017 de la Corte Constitucional colombiana dictaminó que la transferencia de la Colección Quimbaya realizada por presidente colombiano Carlos Holguín en el año 1893 violaba la normativa entonces vigente en Colombia. El Gobierno español, por el contrario, afirmó en enero de 2024 que el Tesoro Quimbaya fue donado a la reina María Cristina por Holguín. “No hay dudas, por tanto, sobre su titularidad ni sobre la legalidad de su obtención”, ha afirmado el nuestro ejecutivo. En segundo lugar, otra reseñable diferencia entre ambos casos es su grado de judicialización. Mientras que los herederos de Lilly suman veinte años de litigio ante los tribunales estadounidenses (y aún podría haber un epílogo con un recurso de casación planteado por  la familia ante el Tribunal Supremo de ese país), el caso Quimbaya todavía no se ha judicializado en nuestro país. El gobierno de Gustavo Petro, con su misiva de 9 de mayo de 2024, ha situado por ahora la reclamación de la Colección en la arena política y diplomática.

Hasta el momento, el gobierno de Sánchez no se ha pronunciado sobre la petición colombiana, pero la pelota está en el tejado español y el reloj sigue marcando. El ejecutivo colombiano parece impacientarse y recientemente ha anunciado que pretende remitir a España una segunda carta en este año 2025, en la que se volvería a solicitar el retorno de la Colección Quimbaya a Colombia. Diversas razones de diplomacia y política internacional apuntan a que esta segunda misiva no debería quedar sin respuesta.

Paradójicamente, la esencia de las reflexiones de la juez Callahan, no relevantes de cara a dictar sentencia en el caso Pissarro, sí podrían ser ahora tenidas en cuenta por el Gobierno español para dilucidar el futuro del Tesoro Quimbaya. En ese sentido, el ejecutivo podría recurrir a argumentos extrajurídicos y, más concretamente, a razonamientos de corte moral, para así allanar el terreno de la legitimidad de una futura repatriación cultural o, en su defecto, de una cesión temporal de las piezas. Si así fuese, en este caso el soft law resultaría ser mucho menos soft en el ámbito político que en el jurídico. La gran duda en estos momentos es: ¿hacia dónde apunta la “brújula moral” de nuestro gobierno con respecto al tesoro Quimbaya? La respuesta que reciba la petición colombiana no solo va seguir alimentando el debate público en España e Hispanoamérica, sino que podría ser un eslabón clave de la tan discutida descolonización museística española.

Todos aquellos interesados en el destino del Tesoro Quimbaya tal vez podrían marcar en sus agendas el 29 de septiembre de 2025. Ese día dará comienzo en la ciudad de Barcelona Mondiacult 2025, la conferencia mundial sobre políticas culturales y desarrollo sostenible a la que se prevé que asistan representantes de los 194 Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Este gran evento político y cultural, que hará que los ojos del mundo de la cultura estén puestos en España, persigue dos grandes objetivos: defender la cultura como bien público global y promover la creación de un Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) específico para la cultura. Dado que los “derechos culturales” y “el patrimonio en crisis: tráfico y destrucción de bienes culturales” son algunos de los temas específicos que se van a abordar en Mondiacult, esta conferencia podría ser un enclave óptimo para que el gobierno de España hiciese pública algún tipo de decisión en torno al Tesoro Quimbaya.

PD. El Tesoro de los Quimbayas se encuentra expuesto en este momento en el Museo de América de Madrid.