¿LA ECONOMÍA DEL «MILANA BONITA» EN EL SIGLO XXI O EL FIN DE LA «ECONOMÍA PLATAFORMA»?

Hace unos años se puso de moda la denominada “economía colaborativa”. Se trataba de un planteamiento en el que aparentemente se favorecía a los pequeños autónomos para que, utilizando una plataforma tecnológica puesta por la empresa que servía de cobertura, pudieran desarrollar su actividad económica huyendo de las dificultades que planteaba la constitución de estructuras para las actividades económicas. Además, estando bajo la cobertura de una plataforma -palabra clave en esta estructura de negocio- la publicidad sería mucho más sencilla y el consumidor se podría considerar protegido dentro de la estructura general, ya que aparentemente, se le imponían férreos controles de calidad. Todo ello rodeado de un metalenguaje que le proporcionaba una visión de modernidad al proceso. Y un algoritmo que proporcionaba un halo mágico a la concreción de la relación con el cliente.

Hoy podemos decir que el modelo se ha ido resquebrajando día a día desde el momento en que se ha reconocido legalmente la correspondencia que existe entre esas modalidades laborales y las que existían en la legislación laboral y se ha incluido estas actividades dentro del sistema fiscal normal. Es lo que ha ocurrido con Uber o, más recientemente, con la salida de Deliveroo, que han acabado con dos modalidades, el alquiler de vehículo con conductor y la distribución de última línea de paquetería.

El modelo que se había configurado tenía un primer punto débil: los trabajadores por cuenta ajena, que no autónomos. La distribución de paquetería de forma autónoma, los llamados riders, mostraba cómo se producían todas los elementos de la relación laboral pero ha tenido que venir tanto la jurisprudencia europea como la española y finalmente la legislación para reconocerle lo que siempre ha sido, una relación de trabajo normal y corriente. O dicho de otro modo, el empresario estaba eliminando derechos. O dicho de otro modo, con estas plataformas se quiere recuperar el modelo de relaciones laborales decimonónicas.

Ha sido necesaria la intervención del legislador, el Gobierno de coalición en este caso, para que todo el derecho laboral y de seguridad social se incorpore a las condiciones de los trabajadores. Esto es, de pronto, los prestadores de los servicios han recuperado los derechos que tenemos los trabajadores por cuenta ajena. O dicho de otro modo, el sistema funcionaba porque alguien pagaba la fiesta, el trabajador. La reciente apertura de un periodo de consultas (un buen eufemismo) por parte de Deliveroo tiene como justificación la incorporación del modelo de relaciones laborales normales a la actividad que desempeñan los distribuidores de la paquetería.

Por no hablar del domicilio fiscal de las plataformas, que constituía el segundo punto débil. En una clara manifestación de la competencia fiscal de la globalización, los beneficios fiscales de las plataformas estaban deslocalizados en países diferentes a aquellos en donde se realizaba la actividad. La tasa tecnológica que se ha aprobado no hace demasiado tiempo (también por impulso del Gobierno de coalición) se suele vincular a Google, Facebook, Amazon o Netflix; pero tienen también como sujeto tributario estas compañías plataforma.

La disputa que ha iniciado el Gobierno de Biden contra España por la aprobación de la tasa es también una lucha de la economía global y por atraer los impuestos. Por un lado, para favorecer a las empresas del país, dado que muchas de estas empresas son de origen estadounidense. Pero al mismo tiempo, es una disputa para ver dónde tributan sus beneficios. Y no hace falta que recuerde que, hoy, los Estados Unidos son uno de los paraísos fiscales más pujantes, con estados especializados en la reducción de la presión fiscal.

El mecanismo para ganar posicionamiento de una administración y un territorio no es la reducción de requisitos como algunos paladines de la desregulación y el neoliberalismo postulan: con eso se desmonta el Estado social que reconoce el artículo 1.1 de la Constitución.

Lo que niego es que nos encontráramos ante vacíos legales. Lo que se ha hecho en los últimos tiempos con las dos normas (la de los riders y la de la tasa electrónica) no es más que exteriorizar lo que estaba en las normas: que los derechos laborales los tienen todos los trabajadores por cuenta ajena, más allá de cuál sea la ficción jurídica de vinculación y que los impuestos están vinculados al lugar de producción de la riqueza, con independencia de cuál sea el modelo de ingeniería fiscal que se busque para eludir la fiscalidad.

La realidad es que, en el momento en que se inicia una actividad económica, ha de aplicarse todo el ordenamiento jurídico, exista o no una norma expresa que diga que el peinado de bombillas está sujeto al ordenamiento jurídico en lo laboral o en lo fiscal. Esto es lo que ha ocurrido, con altas dosis de ingeniería jurídico financiera, a la cual los paladines de la postmodernidad jurídica han querido proporcionar cobertura. Es un debate viejo en el momento que surge algo “nuevo”: recuerdo que hubo que afirmar, por ejemplo, que la instalación de las infraestructuras de telecomunicaciones liberalizadas estaban sujetas al ordenamiento fiscal o al urbanístico.

Lo que ha tenido que hacer el Gobierno de coalición ahora es solemnizar lo obvio: que estas actividades son actividades que están sujetas a la legislación laboral, a la fiscal, a la de prevención de riesgos laborales, a la urbanística, a la medio ambiental… en definitiva, al ordenamiento jurídico en su conjunto.

Lo del algoritmo no es más que un artificio de imagen.

Pero esto abre un problema considerable: si entra en el imaginario colectivo que todo tiene que estar expresamente recogido en el ordenamiento jurídico, concretando hasta la nausea el ámbito de aplicación del derecho, estamos fomentando el fraude y, con ello, la pérdida de derechos y la disminución de la protección del interés general. Recordemos que el fomento de la desregulación (entendido aquí exigiendo una regulación expresa de cada pequeño aspecto porque si no se considera no regulado) es también una manifestación de la ideología neoliberal.

La utilización de las nuevas tecnologías no puede constituir una vía para la pérdida de derechos. Todo lo que nos proporcionan son mecanismos de automatización de procesos que ya existían con anterioridad y que, caso de que no existieran, son extrapolables a otros sí existentes. No debemos confundir las cosas. 

El neoliberalismo y el turbocapitalismo buscan una maximización de beneficios sin intervención de los poderes públicos en defensa de los derechos y del interés general. Los ataques a la regulación pública pretextando que dejan sin empleo son manifestaciones de la búsqueda de la economía del “milana bonita” que tan bien describiera Delibes en “Los santos inocentes” y que magistralmente interpretaran Rabal y Landa en la película de Mario Camus. De eso estamos hablando, de llevar la economía decimonónica al siglo XXI a través de un algoritmo. O de hacer una economía más justa. Yo estoy en lo segundo ¿y tu?