Derogación de la Ley 30/1992 y sustitución por 2 nuevas leyes para las Administraciones Públicas

por Julio González García | Oct 2, 2015

Al parecer, un comité de la Cámara de Representantes de EEUU se ha pronunciado a favor de apoyar los esfuerzos del secretario de Estado para alcanzar un compromiso diplomático entre Marruecos y España sobre el futuro de Ceuta y Melilla. Lo de menos es saber qué es exactamente lo que está haciendo ese sujeto. Lo realmente preocupante es que estamos en la antesala de un grave problema, aumentado por la prometida venganza de EEUU por la actitud de España con ocasión de la actual guerra del golfo Pérsico.
Forzoso es comenzar por aceptar que la relación con el reino alauita es aparentemente correcta, pero está plagada de tumores, históricos y presentes, por más que el observador quiera y deba apartar todos los apriorismos negativos que entran en el análisis, pero la realidad es la que es y no ofrece motivos para el optimismo. Hay un primer punto que es obligado destacar: aun aceptando que Trump es un tipejo indeseable, es un grave error buscar el enfrentamiento con él, y, de paso, con USA, con el objetivo prioritario de presentarse ante la izquierda española – y Europea, según delira Sánchez - como máximo adalid del pensamiento progresista y de la gallardía ante el imperialismo belicista.
Las consecuencias son fácilmente previsibles, y ahí tenemos la amenaza de supresión de las bases norteamericanas en España, cosa que la progresía de salón, y algunos más de los socios de Sánchez, consideran una gran noticia, sin reparar en que el gran beneficiado puede ser Marruecos, a cuyo territorio pueden ir a parar las bases con todo lo que eso comporta, lo cual no se limita a la pérdida de unos “inquilinos”, sino que va mucho más allá, alterando gravemente la defensa de los intereses españoles.
Pero Sánchez, agobiado por las encuestas desfavorables, tenía que buscar en el baúl recursos propagandísticos y uno era el del “no a la guerra”, que irá acompañado, de aquí a las elecciones generales, del grito “OTAN no, bases fuera”, que estuvo en boga a comienzos de los 80. La probada frivolidad del actual PSOE y su jefe no detendrá el dislate, pues ningún precio para España es demasiado alto si se trata de los intereses electorales inmediatos.
Me he referido a uno más de los disparates sanchistas, pero el tema de estas notas es la relación con Marruecos. Para la mayoría de los españoles (datos del Real Instituto Elcano) Marruecos es la más grave amenaza exterior de España, muy por encima de Rusia que, en su caso, es un problema que España comparte con toda Europa en tanto que el marroquí es estrictamente español, y si la detección de la opinión se centra en Ceuta o Melilla o, incluso, en Canarias, el nivel de preocupación es mucho mayor.
A la gravedad estratégica de buscar el enfrentamiento con USA ( y con Israel) se suma la baja reacción ante hechos ya acaecidos, como han sido las invasiones incontroladas de inmigrantes ayudados por la Administración marroquí, los apresamientos injustificados de pesqueros españoles, la falta de respeto a las aguas territoriales españolas (determinadas por las Islas Canarias), y la frecuencia con la que diferentes voceros marroquíes se jactan de que el crecimiento demográfico de sus nacionales en España es un arma cargada de futuro, crecimiento que, además, sufraga en buena parte el sistema de seguridad social español.
Mientras que eso sucede, Marruecos anuncia sus proyectos de hacerse con las riquezas que atesora el suelo marino en las aguas cercanas a las Canarias y al Sahara Occidental, al que España ha abandonado a su suerte, indiferente a los intereses de sus habitantes, muchos de los cuales son, además, españoles. La tesis marroquí de que las grandes riquezas minerales que se encuentran en esas aguas le “pertenecen”, pretensión que carece de base tanto geográfica como histórica, es vista con mucha comprensión por USA, que, por supuesto, confía en beneficiarse antes o después de las políticas marroquíes de hechos consumados.
Entre tanto, España se limita a protestar, pero sin dar paso alguno en defensa de sus derechos, ya sea por temor al enfrentamiento abierto con Marruecos, ya por no contrariar al Gran Hermano yanqui, al que, paralelamente, Sánchez se permite chulear de cara a la galería, a la vez que su Gobierno, por boca del impresentable Ministro de Asuntos Exteriores, aumenta la marca de sandeces históricas asegurando que no hay ninguna razón para temer consecuencias negativas derivadas de las prohibiciones de uso de las bases de Rota y Morón. Para troncharse de risa.
Da vértigo la facilidad con la que España parece olvidar cómo las gasta Marruecos, y no por su gallardía bélica, sino por su habilidad para aprovechar los malos momentos hispanos. Hay que recordar la marcha verde sobre el Sahara Occidental durante la agonía de Franco, y el idilio de la administración Trump con Rabat es otro escenario malo para España, si, además, se combina con nuestro actual panorama político. Decir que Marruecos podría intentar apoderarse de un zarpazo de Ceuta o Melilla (por supuesto, con la abierta ayuda de USA) suena a idea fantasiosa carente de base, pero es grave imprudencia no querer contemplar esa posibilidad.
La tolerancia con las exigencias marroquíes alcanzó uno de sus puntos culminantes con la escandalosa decisión de reconocer la soberanía de Marruecos sobre el Sahara Occidental, con lo que España traicionaba definitivamente a los que en su momento fueron españoles. Sin que antes hubiera un debate en las Cortes, como sería lo adecuado en tema de esa importancia, Sánchez decidió en abril de 2022 dar la razón a Marruecos en el conflicto del Sahara Occidental, aceptando expresamente que la mejor solución sería la de dotar a aquel territorio de un estatuto de autonomía dentro del reino alauita, zanjando definitivamente la obligación de respetar las resoluciones de Naciones Unidas, que en modo alguno comportaban la integración directa en Marruecos.
Las consecuencias no se harían esperar, comenzando por poner al borde de la ruptura las relaciones con Argelia, dislate mayúsculo por muchos motivos, y entre ellos no es el menor el de la dependencia energética de España, necesitada del gas argelino. La torpeza estratégica y diplomática ha dado lugar a que España dependa ahora del gas que le vende EEUU, que además es peor y más caro que el argelino, según dicen los que saben de estas cosas, además de que, conociendo los cambios de humor de Trump, es altamente peligroso confiar en un suministrador que en cualquier momento puede decidir cerrar el grifo.

En otro plano se sitúan las relaciones humanas. Si comenzamos por los datos peores es obligado recordar que entre la población extranjera de las prisiones españolas el porcentaje mayor corresponde a marroquíes, es un mero hecho estadístico, pero puede ser valorado cuando se trata de la integración, pero el tema es, según creo, más grave:
Antes me he referido a la cuestión demográfica, y la abierta invocación que desde Marruecos se hace a la fuerza que suponen los vientres de las mujeres marroquíes inmigrantes, que traen sin cesar nuevos habitantes a España, país al que muchos de ellos nunca tendrán como propio, aunque haya crecientes excepciones que es obligado reconocer. En paralelo, las tasas de natalidad propias no paran de descender. Se trata de una “invasión lenta pero inexorable”, que se conjuga con la nula voluntad de integración de una gran mayoría de los marroquíes, que propenden a relacionarse exclusivamente entre ellos. Se dice, y algo de cierto hay en ello, que España no podría prescindir de la mano de obra extranjera en general y, en particular, marroquí, pero eso no es razón suficiente para no exigir comportamientos más respetuosos con España en tanto que país de acogida.
El tema de la integración ha tenido recientemente un importante momento crítico, provocado por la decisión del alcalde de Lérida de prohibir el velo integral (el burka y el niqab) en los espacios públicos. Su argumento es sencillo y, en mi opinión, contundente: es necesaria esa prohibición para la defensa de los derechos fundamentales de las mujeres. Las reacciones no se han hecho esperar, comenzando por el propio PSOE, Partido al que, vía PSC, pertenece el alcalde, y, por supuesto, una legión de progres de diferentes pelajes que se han lanzado a la defensa de la libertad de cultos y costumbres. No ha faltado tampoco quien ha acusado a la medida de “discriminatoria y racista”. ¡Cuánta necedad!
Esas reacciones ponen de manifiesto algo mucho más grave, como es la subestimación de lo que es el islamismo radical y lo que puede suponer, error imperdonable, especialmente si se tienen presentes episodios trágicos como los atentados de Atocha o los de las Ramblas de Barcelona. Pero según los defensores de la posición “respetuosa” con la singularidad islámica, una prohibición de esa clase interfiere la libertad de las mujeres musulmanas que decidan ocultar su rostro.
Ese problema se vivió hace años en Francia, donde la población musulmana es mucho más numerosa que en España, dando lugar a grades controversias, que no impidieron que en 2004 se prohibieran los signos religiosos ostensibles en la escuela pública. Unos años después, en 2010, se prohibió el burka con un argumento también simple y tajante: no se puede permitir que nadie circule por las calles enmascarado. La reacción de rechazo del islamismo fue la esperable, poniendo de manifiesto algo que a fuer de evidente no es valorado: las democracias occidentales son laicas, mientras que los Estados islámicos no lo son, y esa diferencia de partida explica la incapacidad islámica para comprender (y respetar) el modo de vida de los países libres.
Ese razonamiento, perfectamente trasportable a España, y va más allá de la cuestión de la supuesta “libertad de elección” de las mujeres (sin entrar en que esa libertad es indemostrable, siendo, en cambio, seguro el ambiente de control y presión en el que viven las musulmanas). Es absurdo invocar las libertades individuales, sin antes pararse a contemplar la cantidad de violencia contra las mujeres que entraña la imposición de vestimentas.
Haríamos bien los españoles en no olvidar que el islamismo (del que participan muchos marroquíes) pretende que sus propias leyes sean respetadas en Estados de Derecho en los que rigen otras, y para lograr ese objetivo no ha dudado en hacer correr la sangre, en España y en otros Estados europeos.
He comenzado hablando de la difícil relación con Marruecos y termino extendiendo el tema a la presencia del islamismo en nuestro país y en nuestra vida cotidiana. El riesgo de violencia existe y ojalá nunca pase de ser solo un riesgo, igual que sucede con el peligro de un indeseable conflicto bélico con Marruecos, que debe evitarse a toda costa, pero sin arrodillar a España.

El Boletín Oficial del Estado publica las dos normas básicas sobre el que se va a estructurar el régimen de las Administraciones Públicas desde septiembre de 2016: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dos normas que, dentro de un año, provocarán la Derogación de la Ley 30/1992  y su sustitución por 2 nueva normas para las Administraciones Públicas.

No es momento de hacer un análisis exhaustivo de las dos disposiciones. Conviene, sin embargo, hacer algunas consideraciones generales:

1. Las dos normas reflejan una voluntad de modificar el régimen jurídico a toda costa y sin atender a la especial significación que tiene el régimen que se sustituye. Tres  meses y medio han pasado desde su presentación en el Congreso de los Diputados, con un debate plano, sin un estudio concienzudo, sin voluntad de pacto ni de conformar un régimen con el que todos los entes públicos se sientan cómodos, ni prever cuáles son las consecuencias económicas de esta reforma. Téngase en cuenta que en septiembre de 2016 será la disposición que regirá a todos los entes públicos y, por ello, hubiera requerido un acuerdo de estado para ello. La mala salud democrática se ve en cosas como éstas, en la falta de distinción entre lo que permite el uso de la mayoría absoluta y lo que requiere un consenso, mínimo siquiera.

 

2. Es una reforma que introduce inseguridad, en la medida en que, por ejemplo, modifica los plazos para las actuaciones administrativas. El nuevo régimen de los plazos se puede ver en este post, sobre los plazos en la Ley 39/2015.

 

3. Es una reforma poco innovativa. Realmente se pueden contar con los dedos de una mano los preceptos esenciales que son realmente novedosos. La Administración electrónica no se puede considerar una novedad, desde el momento en que la Ley 11/2007 ya introdujo un procedimiento electrónico al que sólo la crisis económica impidió que se llevara a la práctica, por la falta de recursos. De hecho hay una parte esencial de la Ley de Procedimiento común (registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico) que se posterga a dentro de ¡2 años! No puede ser tampoco la lucha contra la duplicidad de órganos, que es una tradición en nuestro ordenamiento. Realmente existen muchos preceptos que son mera transcripción de otros que estaban en la norma de 1992, así como otros en los que sólo se añade una palabra que, en muchas ocasiones complica más que ayuda a dar una solución al problema. Desde este punto de vista, hubiera resultado suficiente una reforma de la Ley 30/92 en aquellos puntos que lo hubieran merecido.

 

4. Es una reforma poco sistemática. La separación en dos cuerpos legales, tal como estaba en las normas franquistas, no contribuye precisamente a clarificar el régimen jurídico de las Administraciones públicas. Dos normas que tienen, además, reglas de aplicación diferenciadas en función de que sean de regulación de la Administración del Estado o que sirvan de parámetro genial de los entes públicos.

 

5. Es una norma, que desde un punto de vista organizativo incurre en regulaciones inadecuadas para examinar cuál es la necesidad desde un punto de vista público, como ocurre con los requisitos para la creación de sociedades estatales, que no reflejan la actividad industrial y comercial del Estado. El olvido de las Universidades públicas como administraciones públicas resulta inexplicable.

 

6. La vinculación que hacen las normas a la eficacia administrativa y a los informes internacionales no puede resultar más naïf. El problema que tiene la Administración española no es básicamente de legislación sino de número de empleados públicos (tenemos bastantes menos por habitante que en los países de nuestro entorno), de formación de éstos y una adecuada estructuración de las relaciones de puestos de trabajo para ser más eficaz y eficiente. La Administración electrónica, no es, no debe ser un mero recurso al registro electrónico, sino la palanca que nos permita la transformación del funcionamiento administrativo, algo en lo que no se ha progresado nada en los últimos 4 años. Nótese, por ejemplo, que hoy seguimos en España con los mismos problemas que en la pasada legislatura para la utilización del DNI electrónico, que es la base para que la Administración electrónica funcione.

 

7. Es una reforma que vive a espaldas del proceso de globalización económica que tanto está afectando al Derecho administrativo y a las Administraciones públicas. De hecho, cuestiones como la responsabilidad del Estado -especialmente del Estado legislador-, los principios de la buena regulación se analizan en la norma sólo desde la perspectiva interna cuando los aspectos externos van a tener una importancia muy superior en el futuro.

 

8. Las exigencias de eficacia en el funcionamiento administrativo, la necesidad de que el Derecho administrativo sea un instrumento para la gestión pública, están fuera del planteamiento de la reforma de 2015, que sigue insistiendo en fórmulas superadas por la realidad.

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