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l primer martes después del primer lunes ha llegado y el 3 de noviembre se celebrarán las elecciones a la Presidencia de los Estados Unidos.

Unas elecciones marcadas, de nuevo, por Donald Trump… y por todos los que no podrán votar.

Cuatro años después de la elección de Donald Trump algunas cuestiones se han agravado y otras permanecen invariables: la propia debilidad de las elecciones estadounidenses que marcan, en el fondo, la debilidad democrática de este país. No, no estoy pensando en la denuncia de Trump de pucherazo para favorecer a Joe Biden sino de otros elementos que hace ver que no es oro todo lo que reduce. De hecho, podríamos decir que hay aspectos en los que se han visto potenciadas las consecuencias negativas de algunas sentencias del Tribunal Supremo, comoaquella que liberaliza las donaciones que pueden recibir los candidatos y que fomenta el impacto de los grupos de presión en la vida política estadounidense. La carrera por la donación es hoy mayor que nunca.

Podríamos hablar, también, del boicot que ha sufrido USPOST para evitar que la gente utilice el voto por correo. Pero creo que es conveniente hacer referencia a varios problemas estructurales que hay en todas las elecciones de los Estados Unidos.

LAS ELECCIONES SON PARA ELEGIR EL COLEGIO ELECTORAL QUE VOTARÁ AL PRESIDENTE

Unas elecciones que realmente sirven para determinar el Colegio electoral que, con posterioridad elegirá al Presidente de los Estados Unidos.

De hecho, los miembros del Colegio electoral son libres para votar, incluso a aquellos que no se han presentado. En 2016, por ejemplo, sobre los electores elegidos en noviembre 7 han cambiado el sentido del voto: 5 de los supuestos votantes de Clinton han votado, respectivamente, 3 a Collin Powell –Secretario de Estado con Bush-, 1 a Bernie Sanders y un quinto a un líder de los herederos de la población nativa, Faith Spotted EaglePor su parte, de los 2 que supuestamente iban a votar a Trump uno dio su voto al Gobernador de Ohio, John Kasich, y el otro al conocido congresista Paul Ryan. De hecho, recientemente la sentencia del Tribunal Supremo Chiafalo v. Washington ha permitido que se sancione por los Estados a aquellos que se separan del voto de su Estado.

Conviene recordar que la existencia del Colegio electoral ha permitido dos elecciones presidenciales a los candidatos que han quedado segundos en la elección popular, en ambos casos republicanos: George Bush en 2000 y Donald Trump en 2016. Ni uno ni otro pasarán a la historia como buenos Presidentes.

En una reciente encuesta de Gallup, un 61% de los encuestados querían eliminar el colegio electoral. No obstante, las dificultades de una reforma constitucional en esta materia (mayoría de 2/3 de las cámaras y aprobación por 38 Estados) hacen que el debate real no esté abierto. Evidentemente, supone una pérdida importante de poder para los Estados que más cambian (Florida, por ejemplo) y favorece a los grandes en donde hay pocas posibilidades de cambio (California). 

LAS ELECCIONES NO TIENEN REGLAS COMUNES DE VOTO

El primer dato que sorprende es que las elecciones a la Presidencia de los Estados Unidos no las organice el Gobierno federal. Al contrario, son los Estados los que asumen la organización y regulación de las elecciones en sus respectivos territorios. Posiblemente esto sea lo que esté permitiendo a Trump afirmar que va a haber un puchero generalizado para evitar que él vuelva a ganar.

La ausencia de reglas comunes de voto para todo el país afecta a elementos esenciales como pueden ser las papeletas de voto o los sistemas de recuento. En este último caso hay que recordar lo ocurrido en las elecciones de 2000, que dieron triunfador a Bush frente a Gore, en donde los centros de votación disponían de máquinas de recuento de los años 50 y procedimientos de marcación de los candidatos que favorecieron, aquí sí, un resultado que no se correspondía con la realidad.

Este hecho provoca que el registro para el voto y las demás modalidades de voto no presencial (en algunos Estados se admite el voto anticipado y el voto por correo como modalidades distintas) varíen en cada uno de los Estados.

 

EXIGENCIA DE INSCRIPCIÓN

El segundo dato que hay que destacar es la exigencia de inscripción. Sí, para poder votar hay que inscribirse de forma previa para estar en el censo. Se trata de una medida que tenía su sentido en el origen -cuando votaban sólo los que tenían un determinado nivel de renta- pero que hoy carece de fundamento pero que no se discute. Se calcula que aproximadamente el 25% no se inscribe para votar, especialmente en Estados como Texas con una legislación muy restrictiva. Lo que contrasta con las facilidades que proporciona Oregón.

El problema es especialmente importante en ciertos grupos de población, que no acuden regularmente a votar porque no se han inscrito previamente. Viendo la distribución de los puestos de registro, supone una desventaja para el candidato de las clases más populares.

FALTA DE DOCUMENTACIÓN ADECUADA PARA VOTAR

El tercer elemento problemático del sistema electoral es la imposibilidad de voto por la carencia de documentación suficiente para poder votar. 

Aproximadamente, el 11% de los ciudadanos estadounidenses que podrían estar en condiciones de votar, carecen de una identificación que reunan los requisitos suficientes para poder ejercer el derecho de voto. Esto supone, aproximadamente 21 millones de estadounidenses. En estas elecciones 33 Estados -recordemos que cada Estado tiene normas propias- exigen disponer de un documento de identificación, algunos con fotografía, otros sin ella.

De nuevo surgen las diferencias raciales. El 25% de los ciudadanos de raza negra, el 20% de los asiáticos, el 19% de los hispanos el 18% de los ciudadanos entre 18 y 24 años y el 15% de los que ganan menos de 30.000$ se encuentran en esta circunstancia de carecer de documento de identidad mientras que sólo ocurre en el 8% de los blancos. Como se puede ver de los datos, es muy posible que esta carencia de documentación perjudique a Biden, si entendemos que en estos elementos poblacionales puede encontrarse voto más progresista.

PROHIBICIÓN DE VOTO A LOS QUE SE ENCUENTRAN EN PRISIÓN

El cuarto gran problema es el relativo a la pena de privación del derecho de voto como pena complementaria de la de privación de libertad. En la práctica totalidad de los Estados se mantiene la privación del derecho de voto a los condenados por delitos graves. En la actualidad, sólo dos Estados permiten el voto en prisión (Maine y Vermont) y, partiendo de este dato, se dan muchas peculiaridades en función de los Estados, como muestra este gráfico de The Sentencing Project. Lo que resulta más llamativo es que 12 Estados mantienen la pérdida del derecho de voto después de cumplida la sentencia principal.

En la actualidad alcanzan los 6 millones de personas, de las cuales la mitad ya cumplió su pena de prisión. Al igual que hemos visto en las consecuencias raciales que se derivan de la necesidad de inscribirse para votar, también aquí hay un fuerte impacto racial: 1 de cada 13 negros ha perdido el derecho de voto mientras que la proporción es de 1 de cada 56 de otras razas quienes lo han perdido.

CIUDADANOS DE PUERTO RICO

Por último, los puertorriqueños tampoco pueden votar.

El estatus jurídico de Puerto Rico resulta muy especial de acuerdo con el derecho de los Estados Unidos. Su condición es la de territorio no incorporado. Detrás de dicha expresión se abre un régimen jurídico especial cuyos elementos básicos son los siguientes: desde el punto de vista de la ciudadanía, los nacidos en la isla son ciudadanos estadounidenses (desde 1917, con la aprobacioón de la Jones Act), sirven en el ejército, votan en las primarias pero no pueden elegir al Presidente de los EE.UU. ni tiene representantes con voz y voto en el Congreso estadounidense.  La ausencia de representantes en el Congreso se palía institucionalmente mediante la figura del Comisionado Residente que tiene voz (pero no voto) ante la comisión correspondiente del Congreso.

 Final

Pese a todo lo anterior, hay que resaltar que  no ha habido gran litigiosidad electoral. Sólo en una ocasión, ha existido una controversia judicial que haya llegado al Tribunal Supremo de los EEUU. Fue el caso Bush v. Gore de 2000. Todo lo ocurrido entonces, ya sea por el modo de realizar el recuento, por el material utilizado, por las facultades de los tribunales que revisaron la legalidad del proceso, por las garantías del proceso electoral o por el propio fallo del Tribunal Supremo no fueron especialmente adecuados. Se puede hablar, sin temor a equivocarnos, de que hubo un pucherazo. El voto particular de Gringsburg a la sentencia del Tribunal Supremo es esclarecedor al respecto.

De hecho, el único caso cercano ocurrió durante las elecciones de 1876, que enfrentaban al demócrata Tilden y al republicano Hayes. Hubo algunos Estados (Carolina del Sur, Florida, Oregon y Louisiana) con un voto muy reñido, y al final la disputa la solventó en favor de Hayes una Comisión de quince personas (cinco Senadores, cinco miembros de la Cámara de Representantes y cinco jueces del Tribunal Supremo).

Como se puede ver, la fiesta de la democracia estadounidense tiene numerosos puntos oscuros que cuestiona aspectos importantes de su legitimidad.

No obstante, es cierto que son problemas derivados de la percepción estadounidense de la política y que, hasta ahora, convivir con reglas del siglo XVIII y XIX no les ha ocasionado mayor dificultad. Analizado desde una perspectiva distinta, como es la europea, vemos que allí ocurren cosas que para nosotros resultan poco razonables.