Los servicios jurídicos internos, la asesoría jurídica de las empresas, no dejan de ser unos grandes desconocidos dentro de sus organizaciones. Posiblemente por el carácter mítico que se proporciona al Derecho, que parece casi una verdad revelada por los juristas, surgen dudas sobre qué es y para qué sirven (y para qué no sirven) los servicios jurídicos internos.
Porque en el imaginario colectivo se tiene la idea de que el paso por las Facultades de Derecho ordena la cabeza y enseña a escribir. Pero ni lo uno ni lo otro es consustancial al mundo jurídico. De hecho, un buen profesional comercial debe ser alguien que planifique una relación económica y que la plasme bien en el contrato. El Derecho vendrá después. Ya explicó Karl Marx que el Derecho era un elemento superestructural, dependiente de las relaciones económicas que constituyen la base. Una realidad que el el mundo del asesoramiento jurídico se ve de forma nítida.
Si quisiéramos comenzar con una descripción del trabajo de una asesoría jurídica interna de una empresa o institución, podríamos apuntar al análisis y asesoramiento en Derecho de las operaciones y procesos que desarrolla la compañía, a través de sus diferentes departamentos, en materia de compras, ventas y recursos humanos así como su defensa jurídica en procedimientos litigiosos. Ni más ni menos.
La definición anterior sirve para saber qué no es trabajo jurídico. Porque el trabajo no jurídico no corresponde hacerlo a una asesoría jurídica. Dicho de otro modo: el departamento jurídico no es ni una escribanía ni una gestoría.
LA ASESORÍA JURÍDICA NO ES UNA ESCRIBANÍA SINO QUE ES UN INTEGRANTE MÁS DE UN PROCESO TRANSVERSAL.
Es cierto que hay sitios donde se pretende que los abogados ayuden a hacer documentos; transformando su papel de asesor jurídico en escribano. No es su función, con independencia de que haya determinados aspectos que haya que redactar.
Porque la realidad es que los técnicos especializados en compras y ventas también tienen que pensar, ordenar y escribir cuál es la relación que quieren con la contraparte; una tarea en la que contarán con el apoyo de otros. Vender o comprar no es sólo saber el precio por el que se transfiere o adquiere una prestación, sino que lleva incorporados otros elementos sobre los que el departamento comercial o el de compras tiene que reflexionar.
Encontrarnos delante de un “contrato” no hace que todo lo que haya que hacer sea jurídico. De hecho, solo una pequeña parte de ese contrato es jurídica (y normalmente tampoco se encuentra nada ilegal en el texto). Necesariamente habrá que analizar diferentes perspectivas:
- Las cláusulas económicas de los contratos tienen que verificarse con el departamento de finanzas, para determinar si el beneficio es razonable y los riesgos limitados.
- Las cláusulas operativas tienen que configurarse con el departamento de operaciones, para determinar que el contrato se va a poder cumplir.
- Las cláusulas tecnológicas y las vías integración técnica de los procesos, se deberán analizar y revisar con el apoyo del departamento de tecnología.
- Las cláusulas jurídicas de los contratos se tienen que redactar con el apoyo de los servicios jurídicos. Unos servicios jurídicos eficaces y eficientes tendrán «modelos» de escritos y cláusulas para facilitar el trabajo, y deberán ser creativos para plasmar las necesidades concretas que solicita el cliente interno.
Como se puede ver, se trata de una configuración del plan de negocio de forma transversal, en consonancia con el legal business case, al que hice referencia en otra entrada de este blog. A lo dicho allí me remito sobre la forma de integración del trabajo jurídico en la actividad comercial de la compañía.
Pero recuerden la expresión: no se trabaja para las unidades de negocio, sino con las unidades de negocio.
LA ASESORÍA JURÍDICA NO ES UNA GESTORÍA
En efecto, la asesoría jurídica no es una gestoría, ya que el proceso y la documentación, se ha de gestionar por cada unidad de negocio. Y es que el segundo grupo de actividades que se acostumbra a querer encomendar a los servicios jurídicos es el de la tramitación de las operaciones y procedimientos; haciendo una suerte de gestoría administrativa, lo que en ocasiones conlleva el archivo y registro.
Nada de esto es trabajo jurídico. Puede existir asesoramiento en algún punto de las operaciones y procedimientos, pero todo este conjunto de actividades es de naturaleza administrativa. El conocimiento y la información debe gestionarse por los departamentos correspondientes.
De hecho, surgen también departamentos especializados en ser los “medio centros” de las organizaciones y no asumen ninguna responsabilidad en los procesos, esperando que los jurídicos lo resuelvan.
LA ASESORÍA JURÍDICA ES UN DEPARTAMENTO ALTAMENTE ESPECIALIZADO EN DERECHO
El trabajo de una asesoría jurídica interna está bastante más acotado. Intervienen desde el inicio, en las operaciones y procesos impulsados por las unidades de negocio, en relación al análisis y asesoramiento de los aspectos legales, y defensor en juicio, no constituyendo una suerte de asesor aúlico, que sirve para todo. Pretender lo contrario evidencia que no se sabe derecho, ni de organizar unos servicios jurídicos con abogados que en todo caso deben estar especializados en las materias jurídicas correspondientes y cobtar con experiencia suficiente.
La especialización requiere de una formación continua en conocimientos jurídicos y en otras habilidades que se esperan de un abogado en un contexto de actividad empresarial complejo, por lo competitivo y cambiante, destacando las habilidades de negociación con sus equivalentes corporativos en la Compañía.
La experiencia proporciona un sentido de negocio que permite ver más allá de las normas que, por muy extensas que sean, no lo regulan todo. Experiencia que es la que permite innovar en los servicios jurídicos para desarrollar la mejor solución, que no siempre es la más fácil.
El personal de menor edad y experiencia necesita una formación in situ, que solo unos servicios jurídicos bien estructurados pueden proporcionar.
De hecho, unos servicios jurídicos (especialmente en las grandes empresas) bien estructurados, tienen una combinación adecuada de personal joven y experto. Todos ellos especialistas en las ramas del derecho imprescindibles para el desarrollo del objeto social, aportando un criterio jurídico único sin fisuras y con unos directores que conectan las distintas ramas del ordenamiento con la estrategia de la Compañía.