Los atentados del 11 de septiembre de 2001 han planteado de forma intensa un interrogante esencial al discurso político: la conexión constitución y terrorismo, entre los derechos fundamentales y el uso del poder por parte del Estado para acabar con la amenaza terrorista. Es un debate que, en el fondo, siempre ha existido (véase lo ocurrido con la denominada guerra sucia contra ETA que se comenzó a desarrollar en el franquismo y que continuó durante muchos años de democracia) pero que, a partir de aquella fecha, se ha incrementado de forma muy considerable.
Como es conocido, a partir del 11 de septiembre de 2001 los Estados Unidos desarrollaron un conjunto de actuaciones contra el terrorismo con un escaso respeto a los derechos fundamentales. El epílogo al libro que escribí con Miguel Beltrán Las sentencias básicas del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de América explica la situación de forma clara.
Pasada la penosa experiencia de la Presidencia de George W. Bush y la que ilusionó tanto de Barak Obama, la situación no ha cambiado demasiado. Es precisamente lo que se explica en el libro de Owen Fiss que estoy recomendando. Es una explicación desgarrada de cómo las reglas básicas del Derecho constitucional estadounidense se voltearon en aras de la lucha contra el terrorismo. Entre ellos, el principio de responsabilidad de los gobernantes, ya que toda la acción contra el terrorismo se ha pretendido que esté exenta de control judicial, violando lo señalado en la emblemática sentencia Marbury de 1803.
Desde fuera lo podemos ver como que fue, y sigue siendo, el problema de Guantánamo. Es, fue, el problema de la base de Bragram y de las otras instalaciones fuera de los EE.UU. utilizadas para la tortura de todos aquellos que luchaban en las contiendas. Lo podemos vincular, incluso, a la reciente prohibición impuesta por el Presidente Trump de entrada en territorio estadounidense a aquellos que hayan estado en Siria, Irán, Sudán, Libia, Somalia, Yemen e Irak.
Pero es la cuestión de cómo las propias garantías constitucionales se han alterado a lo largo de los años para los propios estadounidenses que vivan en su territorio. La reciente sentencia Ashcroft v. Abbasi muestra las limitaciones del Derecho constitucional estadounidense en el análisis de la actuación posterior a los atentados del 11 de septiembre. Podría haber sido el mecanismo para analizar un periodo de pérdida de derechos, como consecuencia de la promulgación de la Usa Patriot Act (singular acrónimo de Uniting and Strengthening America by Providing Appropriate Tools Required to Intercept and Obstruct Terrorism Act).
Dworkin alertó de que “amplía enormemente el poder del Gobierno de realizar investigaciones secretas de los domicilios de los ciudadanos, habilita al Fiscal General para detener libremente y sin motivo a extranjeros que considere una “amenaza”, otorga facultades al Gobierno para requerir copias de los libros adquiridos o consultados en las librerías o bibliotecas, y le permite incrementar la vigilancia en muchos otros ámbitos”. En definitiva, a través de esta norma se produjo en la sociedad norteamericana un cambio en el equilibrio entre la libertad y la seguridad.
Paradójicamente en un país tan litigante como los EEUU, pocos asuntos han analizado aspectos concretos de lo ocurrido tras el 11S. De no hecho, no se ha entrado nunca en el enjuiciamiento de las ocupaciones militares de Afganistán ni de Iraq. Ni, evidentemente, se refieren a las torturas y malos tratos que las tropas americanas cometían sobre los prisioneros iraquíes en la prision de Bagram o en Diego García. Acaso se recuerden Los casos Hamdi v. Rumsfeld, Rumsfeld v. Padilla y Rasul v. Bush enjuiciaron algunas actuaciones militares llevadas a cabo por los Estados Unidos en su propio territorio y en Afganistán e Irak. Pero poco más ha habido.
Es sintomático de que no es una cuestión cerrada ni asumida, posiblemente por el daño ocasionado, los errores cometidos y la dificultad de analizarla sin creer que se atenta contra la Nación. La imposibilidad de Obama en cerrar Guantánamo -por no ser formalmente territorio estadunidense, ya que es un “territorio no incorporado” o las propias condiciones de la muerte de Bin Laden -bajo su presidencia- son expresivas de cómo se mueve la sociedad estadounidense en la actualidad, de cómo actúan los Tribunales de Justicia y las autoridades políticas y administrativas. Y esto es precisamente lo que se analiza en el libro de Owen Fiss.
La lucha contra el terrorismo es global. Las organizaciones que están sembrando el terror, Al Qaeda y Estado Islámico, están intentado globalizar el terror como vía para la consecución de los objetivos. Una técnica que ya conocemos en España cuando ETA socializaba el terror.
Hoy sin embargo, hay un cambio importante: Londres, Berlín, Niza, Barcelona están entre sus objetivos. Pero también Filipinas, Indonesia, Bagdad, Karachi o Maiduguri. Y todo en tarifa low cost que ni siquiera exige la adquisición de explosivos en las profundidades del deep internet.
Esta capacidad de difundir el terror en todo el mundo es parte de una aparente fortaleza pero no puede conducir a que además de la pérdida de seguridad, la pérdida de derechos resulte insoportable. Y debe conducir a la reflexión.
Sobre todo, si recordamos que la primera vez que se armó a los mujaidines que luego constituyeron Al Qaeda se debe imputar al consejo de Zbigniew Brzezinsk al Presidente Jimmy Carter en 1979, como una trampa que provocara la invasión soviética de Afganistán. Un acto que, cuando se le entrevistó en 1998, no lo consideró un error a pesar de que ya entonces se consideraba a estos grupos como la gran amenaza para la seguridad de Occidente. En aquel momento, el fin justificaba los medios aunque los medios fuesen tan inestables que se transformaron en lo que es hoy. Pasaron luego a ser guerrilleros de la libertad en la presidencia de Reagan… Después del 11 de septiembre la opinión fue otra.
Pero lo más relevante es entender que éste no es un problema de endurecer el Código Penal como ha insinuado Rajoy después de los atentados de Barcelona. Es el problema de analizar las causas que llevan a alistarse en grupos terroristas, incluso al hijo de la Tomasa, el español que está en el vídeo de Daesh. Un análisis que está lejos de producirse y que sin embargo podría ser mucho más beneficioso que pérdidas de derechos.
Francia lleva en estado de emergencia desde 2015. ¿Contribuye decisivamente a que no haya atentados terroristas? El atentado con un camión del Paseo de los Ingleses de Niza del 14 de julio de 2016 se produjo precisamente bajo el Estado de excepción. ¿Incrementamos la dureza del Código penal cuando muchos terroristas se van a inmolar? ¿No sería más eficaz dejar de vender armas a nuestros amigos saudíes o sirios? ¿Buscar un desarrollo económico que elimine las causas sociales que permiten el desarrollo sencillo de organizaciones? El decálogo contra el ISIS de Luz Gómez ofrece alguna complicada alternativa diferente del uso de la fuerza y el olvido del Derecho. Es una cuestión sobre la que no se ha producido el debate público sereno, sin criminalizar la opinión contraria que la gravedad de la situación merece.
Cabe pensar, empleando una frase de Roberto Mesa en sus “Pórticos del nuevo milenio” , que en este momento, “no venimos de un pasado glorioso y, por si fuera poco, nos encontramos ante un futuro radicalmente incierto”. Pero en este futuro “hoy, más que nunca, se impone el retorno a las viejas utopías aún pendientes de materialización. Entre ellas, la ideología de los derechos humanos, tan torpemente manipulados durante la Guerra Fría y tan incompletamente leídos en el pasado. El reto es, actualmente, la universalidad de los derechos humanos y la afirmación de que no existen prioridades, y mucho menos aplazamientos en su disfrute. Que no hay especificidades culturales que justifiquen su violación. Que los condenados de la tierra no quieren, una vez más, paternalismos a cambio de la ausencia de libertades. Frente a la tortura todos somos iguales y ante la muerte todos somos mortales. No hay plazos, ni tampoco excusas arteramente culturalistas, para negar a una gran porción de la Humanidad el disfrute de los bienes terrenales y también de los celestiales. La familia del género humano es única.”
Mientras, con la esperanza de que no caigamos en los mismos defectos de los estadounidenses, conviene leer Una guerra sin igual: Constitución en tiempos de terrorismo Una guerra sin igual: La Constitución en los tiempos del terrorismo, de Owen Fiss, Profesor de la Universidad de Yale.
Es un libro, como señala el prologuista improbable. La recopilación de artículos que recoge son de una persona que no había escrito hasta entonces sobre esta materia pero que se ve atrapado como jurista en la observación diaria pérdida constante de garantías en los Estados Unidos como consecuencia de las actuaciones del Gobierno Bush. Encarcelamientos sin juicio, tortura y entrega extrajudicial, criminalización del discurso político, escuchas sin autorización judicial y asesinato selectivo de supuestos terroristas son los títulos de los capítulos de la segunda parte del libro. Su mero planteamiento hace que merezca la pena su lectura.