Francisco Sosa Wagner y Mercedes Fuertes. Clásicos del Derecho público (II). Biblioteca básica para estudiosos y curiosos. 558 páginas. Marcial Pons (2025).

El siglo XIX español constituye un ejemplo de la autodestrucción de un país. Desde el primer conflicto entre Borbones que facilitó la llegada de los franceses en 1808; la restauración absolutista, con el trienio liberal; las guerras entre borbones por cuestiones dinásticas que provocaron destrucción y empobrecimiento (comúnmente conocidas como guerras carlistas), la regencia de María Cristina de Borbón -espléndidamente analizada por Alejandro Nieto-; el largo reinado de Isabel II (marcado por una corrupción galopante); el sexenio revolucionario que nació mal (con el asesinato de Prim) y terminó con el Golpe de Estado de Pavía de 1874, que volvió a aupar a los borbones al trono. En medio, las independencias americanas, la depauperación del Estado y el país, los movimientos cantonalistas, la alternancia ficticia entre moderados y “progresistas”.

Pero, al mismo tiempo, y esto es lo que explican Francisco Sosa y Mercedes Fuertes, es un país de ilustrados, de intelectuales que pretendían que el país llevara un rumbo diferente. Personas que tuvieron poder (no hay más que ver el callejero de Madrid a través de los autores que desfilan por sus páginas) y cuyas ideas resultaban transformadoras sobre la situación en la que se vivía.

El libro de Sosa y Fuertes tiene una estructura dual. Un análisis original de nuestro siglo XIX a través de los autores que vertebraron el Derecho público. Pero, al mismo tiempo, tiene el gran interés de que los textos básicos del Derecho público español están a disposición del lector. Por ello, es un libro para curiosos, pero también para quienes quieran ver qué había más allá de lo que cuentan los libros de historia.

Así, por ejemplo, el discurso de Argüelles en las Cortes constituyentes de Cádiz forma parte de los textos incluidos. La defensa que hace Jovellanos contra las calumnias que se vertieron contra los miembros de la Junta Central; la Instrucción de 1833 a los subdelegados de fomento; o loa textos en los que surge el Derecho administrativo.

El libro tiene el acierto de ser no sólo español, sino también latinoamericano. No podemos olvidar que, pese a la sucesiva independencia de nuestras colonias, siguieron quedando algunas hasta que el Tratado de París de 1898, por el que cedimos a los Estados Unidos los territorios de soberanía en las Indias Occidentales, y la Isla de Guam en el Archipiélago de las Marianas o Ladrones. Por cierto, tratado a partir del cual se crea el concepto de territorio no incorporado que tiene a Puerto Rico en una situación casi colonial con respecto a la metrópoli estadounidense.

Este volumen es el segundo volumen de una serie sobre los Clasicos del Derecho público, tras el primero, publicado en 2023 en el que se analiza, con la misma estructura dual, a los clásicos del Derecho público francés, alemán e italiano.  Entronca también con los estudios de Sosa Wagner sobre los Maestros europeos del Derecho público o con los realizados sobre los juristas de la II República.

Clásicos del derecho publico

Clásicos del Derecho público (II). Biblioteca básica para estudiosos y curiosos

Autores: Francisco Sosa Wagner y Mercedes Fuertes

Editorial: Marcial Pons (2025)

558 páginas

Esta reseña fue publicada originariamente en el ABC Cultural el 12 de junio de 2025